La ordenanza prohíbe la práctica de la mendicidad en la vía pública, tanto la directa como la encubierta, consistente en la prestación de pequeños servicios no solicitados.

Asimismo, la nueva normativa municipal considera la realización de esculturas de arena en las playas como una forma de mendicidad encubierta, ya que solo podrán crear estos castillos playeros quienes previamente hayan solicitado autorización municipal.

La actividad de mendicidad en Calvià será considerada como una infracción leve, con sanciones comprendidas entre los 100 y los 599 euros. Sin embargo, cuando se utilicen de forma directa o indirecta a menores, personas mayores o discapacitados como reclamo para prácticas de mendicidad, la infracción pasará a ser una falta muy grave y podrá ser multada con cantidades que alcanzan los 3.000 euros.

En el caso de formas de mendicidad no previstas en la ordenanza, la Policía Local deberá contactar con los servicios sociales del Ayuntamiento, que se encargarán de estudiar si las personas que las ejercen necesitan asistencia social.