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Tribunales

Las dificultades de plantar un jardín en un terreno de Deià

La Audiencia ha condenado a un propietario a arrancar 45 árboles y plantas por crecer demasiado cerca de su vecino

En Deià las parcelas donde los habitantes plantan sus jardines son de reducidas dimensiones. Joan Mora

La Audiencia Provincial de Palma ha dictado una curiosa sentencia, por cuanto afecta a la vegetación de una finca. Los jueces condenan a un vecino de Deià a arrancar de su jardín los árboles y las plantas ornamentales que lo separan de su vecina por contravenir el Código Civil.

La curiosa sentencia viene a ratificar otro veredicto dictado por el juzgado de Primera Instancia número 9 de Palma que ya condenaba a este deianenc a retirar de su jardín todas las plantas que se encuentren a menos de dos metros de la casa de su vecina.

La medida obliga al demandado a retirar un total de 45 árboles.

De nada le sirvió a este vecino alegar en el pleito que es "costumbre" en Deià sembrar plantas ornamentales y árboles en las separaciones entre propiedades, pese a estar situados en los límites de las parcelas. El condenado justificó la siembra en los laterales de su jardín debido a las "reducidas dimensiones" que tienen estas zonas verdes privadas en Deià.

Todo esto es consecuencia de que el Código Civil establece en su artículo 591 que "no se podrán plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre, y en su defecto, a dos metros de la línea divisoria". Algo que contradice la "costumbre" alegada por el afectado.

Así pues, el condenado deberá ponerse manos a la obra y retirar toda cuanta planta tenga sembrada a menos de los dos metros de la línea de separación con su vecina según señala la sentencia dictada en fechas recientes.

Por ello tendrá que arrancar un acebuche (ullastre en catalán), dos algarrobos, dos cipreses y unos cuarenta bambúes (en total más de 45 árboles y plantas) ya que el juez estima las pretensiones de la demandante que se siente perturbada por estas plantas.

La sentencia determina que el afectado no podrá volver a plantar nada en la zona y tendrá que evitar que crezca cualquier tipo de planta en su propiedad a menos de dos metros de su vecina.

El veredicto puede sentar un precedente contra todos aquellos propietarios que tienen por costumbre sembrar plantas y árboles en el perímetro de su jardín. El motivo por el que se suelen realizar estas plantaciones es el de buscar la intimidad de los moradores de la casa y, a su vez, embellecer el jardín.

Pese a que la sentencia no prohíbe sembrar plantas, muchos propietarios de jardines de Deià deberían cerciorarse de hacer la siembra a un mínimo de dos metros de distancia de su vecino si no quieren verse obligados en el futuro a arrancarlas si el morador de la casa de al lado se siente molestado.

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