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Inca

El municipio expropiará las tumbas que no actualicen su titularidad

La nueva ordenanza reitera que sólo se permiten transmisiones de sepulturas por consanguinidad

El concejal Antel Ferrertjans ante algunas tumbas muy deterioradas del cementerio de Inca. Pep Córcoles

El Ayuntamiento de Inca está procediendo a la actualización de la ordenanza del cementerio municipal. En el nuevo texto se pretende que quede muy claro que los derechos funerarios sólo se podrán transmitir por vía de consanguinidad al tratarse de una concesión administrativa a perpetuidad. Se pretende evitar que se den situaciones como la recientemente detectada en la que un propietario colocó un cartel en la lápida de una tumba de su propiedad anunciando que se vendía, algo no permitido. De hecho el consistorio está actualizando el padrón para detectar aquellas tumbas que no han sido regularizadas y que no pagan los tributos desde hace años.

Àngel Garcia, concejal de Hacienda, explica al respecto que "el problema en el camposanto es que hay muchas sepulturas que fueron adquiridas en su día por una persona que falleció y sus herederos han continuado pagando las tasas pero sin actualizar los títulos de propiedad. Evidentemente una concesión debe rezar a nombre de una persona con vida pues si sucede algún imprevisto -como ha sucedido estos meses con el derrumbe del tejado de una isleta de tumbas- es imposible localizar a un responsable".

El área responsable de la gestión del cementerio, que dirige el edil, Antelm Ferretjans, está informatizando en estos momentos el padrón ya que hasta hoy se ha llevado de forma manual con libros de registro. "Se están depurando las tumbas que se han actualizado y las que no, que son muchas, se intenta localizar a los herederos para que lo hagan", informa Garcia. Si no se procede a esa actualización, el Ayuntamiento iniciará un expediente de caducidad de los derechos y recuperará la concesión.

Existen también algunos casos en los que se ha detectado que algunas sepulturas llevan años sin satisfacer las tasas anuales pero se han seguido utilizando. En estos casos el Ayuntamiento exigirá el pago de al menos cinco años de atrasos.

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