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Nueva ordenanza

Campos multará con hasta 300.000 euros las obras, locales o vehículos demasiado ruidosos

También se sancionarán los casos en que, pese a no sobrepasarse el límite de decibelios, se produzca un daño o deterioro grave para el Medio Ambiente

Las obras que sobrepasen el límite estipulado de decibelios también podrán ser multadas y/o paralizadas. t.o.

Campos ya tiene nueva ordenanza para controlar mejor el exceso de ruidos y vibraciones provocados, sobre todo, por bares, vehículos y obras. El texto incluye multas ejemplificantes que pueden llegar a ser de hasta 300.000 euros por infracciones tipificadas como de muy graves, y que pueden conllevar consigo el cierre definitivo, total o parcial de las instalaciones.

Pero este es solo un capítulo de la amplia normativa que apuesta, según el Ayuntamiento (gobernado con mayoría absoluta por el Partido Popular), por "concretar los instrumentos jurídicos y técnicos necesarios para dar una respuesta adecuada a las inquietudes de los ciudadanos respecto a la contaminación acústica y mejorando la calidad de vida, en un proceso de concienciación ambiental creciente". En cuanto al ámbito de aplicación, la nueva ordenanza afecta a las instalaciones, máquinas, proyectos de construcción, relaciones vecinales o los comportamientos ciudadanos en el interior o exterior de los edificios, "en actividades tanto de carácter público o privado" y en general a los emisores acústicos "independientemente de quien sea el titular, promotor o responsable".

El ayuntamiento campaner estipula los 6 decibelios (dB) de más, como base a partir de la cual empezar a considerar las infracciones y sus consiguientes sanciones. Si, por ejemplo, los vehículos a motor superan de 4 a 6 dB el límite de homologación o los 90 dB sea cual sea el vehículo, se entenderá como falta leve, con multas de hasta 600 euros, con posible suspensión provisional de la licencia.

La ocultación o "alteración maliciosa" de los datos relativos a la contaminación acústica o la obstaculización de la labor de control de los inspectores municipales, pueden conllevar sanciones de hasta 12.000 euros, éstas ya tipificadas como graves.

Finalmente, superar los niveles sonoros permitidos en más de 15 dB, o, pese a ser menos, si estos producen un daño o deterioro grave para el Medio Ambiente, seguridad o salud de las personas, serán considerados muy graves, por lo que se procederá al precintado de los equipos o máquinas. Las faltas muy graves prescriben al cabo de tres años.

Eso sí, también hay actividades o ruidos que no pueden ser sancionados. Entre ellos están las infraestructuras portuarias de competencia estatal o autonómica, las actividades militares, los que generen embarcaciones "de cualquier clase" o actividades que limiten con la costa cuyo control se de autoridad estatal o los ruidos procedentes de voces de niños de corta edad.

Mapa de ruidos

El consistorio campaner está incluso dispuesto a desarrollar un mapa del ruido, con el que determinar los niveles sonoros ambientales del municipio, y poder, de esta forma, adecuarlo a la ordenanza y establecer planes acústicos de acción local o declarar zonas de protección acústica especial.

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