Una falta de comunicación del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Palma ha provocado que el Tribunal Superior de Justicia ordene la nulidad de actuaciones relacionadas con la demolición del bloque de viviendas del antiguo cine Fantasio de Alaró. La Sala ha aceptado el recurso de apelación presentado por Construccions Alaró S.L. y considera probado que se lesionaron los derechos de la empresa puesto que entre julio de 2013 y marzo de 2014 el juzgado no le envió ninguno de los escritos presentados por el denunciante.

Ahora, el tribunal deja sin efecto las actuaciones realizadas en este periodo y retrotrae el procedimiento al punto en el que estaba hace año y medio.

El juzgado Contencioso-Administrativo número 2 ordenó el pasado mes de marzo la demolición inmediata del edificio por invadir 11,70 metros cuadrados de la vía pública.

En ese auto el juez Santiago Alejandro García Navarro incluía una dura crítica a las actuaciones municipales al considerar que "no hacen sino enmascarar o burlar la obligación de restaurar el ordenamiento jurídico infringido y, por ende, la legalidad urbanística".

Petición de revocación

La respuesta tanto del Ayuntamiento como de la empresa constructora fue recurrir el auto. El consistorio pidió su revocación asegurando que había iniciado ya la modificación del planeamiento urbanístico para legalizar la situación del edificio y, además, añadían que la demolición de parte de la finca implicaría inestabilidad en su estructura y podría suponer el derrumbamiento total del bloque.

Por su parte, la constructora solicitó la nulidad de actuaciones por indefensión al no haber recibido los escritos del denunciante, y basó su recurso de apelación también en la imposibilidad material de ejecutar la demolición parcial ordenada. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia -cuya magistrada ponente ha sido Alicia Esther Ortuño- no llega a valorar los argumentos relacionados con la demolición puesto que en primer lugar aborda la posible indefensión de la empresa constructora, considerándola probada.

El alcalde, Joan Simonet (PP), valoró ayer positivamente esta decisión del tribunal que deja sin efecto el auto que fijaba multas a los cargos políticos y funcionarios del Ayuntamiento si no llevaban a cabo la demolición en dos meses.

El edil conservador entiende que ahora "se envía todo de nuevo al juzgado para que el constructor pueda alegar, los vecinos, que se han organizado hace poco, también puedan presentar escritos, y el Ayuntamiento presente nuevos argumentos".

Simonet recuerda que todavía queda otro auto vigente que dictó el juzgado Contencioso-Administrativo número 1 ordenando la demolición. Esta resolución no ha sido anulada, aunque el alcalde confía que también se vea afectada por la sentencia del TSJB.