El Tribunal Supremo ha anulado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que imponía al Govern el pago de una indemnización de 1,6 millones de euros más intereses al propietario de tres parcelas situadas El Vilà, Pollença, a raíz de su declaración como Área Natural de Especial Interés (Anei).

El Govern interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo contra la resolución del TSJB. Éste último reconocía unos derechos a la empresa Inmobiliaria Pollença por los que podría recibir la compensación económica descrita; concretamente por los daños y perjuicios derivados de la entrada en vigor de la de Medidas Urgentes para un desarrollo territorial sostenible de Balears.

Desclasificación

Las tres parcelas mencionadas son propiedad de Inmobiliaria Pollença. Estas suman una superficie total de 3.400 metros cuadrados. La entrada en vigor de la ley desclasificaba inmediatamente las tres parcelas.

La razón es que ampliaba la protección de las Áreas Naturales de la Serra de Tramuntana, y entre ellas la urbanización de El Vilà, que pasaba a tener la condición de suelo rústico protegido en lugar de urbanizable.

El TSJB estimó en su día que mientras entraba en vigor la ley se habían ejecutado una obras parciales de urbanización, de esa manera se decía que las parcelas ya disponían de accesos, suministro eléctrico y red de agua potable, que servían a las viviendas ya edificadas al otro lado de la calle.

Sin embargo, el Tribunal Supremo indica que la indemnización que debe abonar el Govern se limita a los gastos y costes en que el afectado hubiese incurrido para la elaboración del proyecto, los de las obras acometidas y los de financiación, gestión y promoción para la ejecución de los trabajos.

El Grupo de Ornitología Balear (GOB) y el grupo del PSM en el Ayuntamiento de Pollença calificaron ayer como positiva la sentencia hecha pública por el Tribunal Supremo por la que se anulan las indemnizaciones por la protección de la urbanización.

"Esto nos demuestra que la protección no siempre sale cara", apunta el GOB.

Por su parte, el PSM, quien lleva años reclamando la protección del lugar se congratula de la sentencia del Tribunal Supremo

El portavoz de la formación política, Tomeu Cifre, apunta que "a nadie escapa que las desclasificaciones pueden generar indemnizaciones, pero la que se fijó en este caso era absolutamente desproporcionada, cortando las alas a cualquier iniciativa política de protección del territorio y el paisaje".

Plusvalía

Cifre explica que "en concreto, en este caso, un supuesto gasto de 159.861,32 euros al urbanizar por parte del promotor le había dado derecho a una indemnización de 1.600.000 euros (hasta 2.425.693 euros le hubiera llegado a reconocer el TSJB). Una plusvalía del 1.500% que no se consigue en ningún negocio legal conocido".

La sentencia del Supremo reconoce el derecho a la indemnización por los gastos generados, pero no por la expectativa de negocio del propietario. Y más considerando que el plazo para desarrollar la urbanización ya se había agotado cuando en 1999 el Ayuntamiento asumió su responsabilidad con el sistema de cooperación.

Para el PSM esta sentencia deja en entredicho "la excusa del lucro cesante, que usa el actual Ayuntamiento de Pollença para no aplicar protecciones patrimoniales a ciertos edificios de interés".