Después de 23 años de periplo por despachos políticos y sedes judiciales, el proyecto de campo de golf de Son Baco (Campos) con hotel anexo recobra vida gracias al aval que le acaba de dar el Tribunal Superior de Justicia de Balears. El TSJB ha aceptado el recurso de la promotora del plan, Golf de Campos Son Baco, y ha decretado la validez de la declaración de la interés general que se dio al proyecto en 2006.

Para llegar a esta conclusión la Sala de Contencioso-Administrativo del TSJB, acepta los principales argumentos de la compañía. Así, constata que el suelo donde se proyecta la instalación "no está afectado por ninguna protección ni está situado o incluido en espacio natural protegido, sino en suelo rústico de carácter general". En el origen de esta sentencia, se sitúa una resolución del Consell de Mallorca, fechada el 13 de febrero de 2009, en la cual se aceptaba un recurso de la organización ecologista GOB y se dejaba sin efecto la declaración de interés general que había dado la comisión insular de Ordenación del Territorio en 2006. Golf de Campos Son Baco presentó un recurso contra esta decisión, pero fue desestimado en primera instancia. En una sentencia datada en abril de este año, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo llegaba a la conclusión de que el ordenamiento urbanístico de Campos y el Plan Territorial de Mallorca (PTM) prohíben que en terrenos forestales como los de Son Baco se puedan instalar campos de golf.

Normativa de Campos

Precisamente, el TSJB entra a analizar de lleno esta cuestión y subraya que no procede tomar como referencia el Plan Territorial de Mallorca para dictaminar si en esa finca se puede o no construir un campo de golf, ya que es una normativa posterior al inicio de la tramitación del proyecto, que empezó en 1991.

Los jueces de la Sala se centran únicamente en lo que permiten las normas subsidiarias de Campos. Y, en este sentido, recuerdan en la sentencia que el ordenamiento urbanístico municipal establece que en las áreas forestales de suelos no urbanizables, como la finca de Son Baco, existe la posibilidad de llevar a cabo unos "usos condicionados" que requerirían de una declaración de interés general.

La sentencia anula el acuerdo que adoptó el Consell en 2009, por el cual aceptaba el recurso contra el interés general, y reactiva la autorización que concedió la comisión insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio, en 2006.