El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) emitió ayer un auto en el que estima parcialmente el recurso de reposición presentado por el ayuntamiento de Pollença contra un auto anterior, de julio de 2013, que imponía una multa coercitiva de mil euros cada diez días al alcalde Tomeu Cifre (PP) hasta que el Consistorio ejecute la sentencia de demolición de una vivienda ilegal situada en el Calvari. El auto de ayer mantiene la sanción que el alcalde deberá pagar de su patrimonio personal, aunque rebaja la cantidad a la mitad debido a que deberá hacerla efectiva cada veinte días y no cada diez como se plasmaba en la primera consideración judicial. Contra la resolución de ayer no cabe recurso, por lo que el alcalde Tomeu Cifre deberá abonar cincuenta euros diarios hasta que el Ayuntamiento haya ejecutado la demolición de la construcción ilegal.

El citado auto del 12 de julio desestimaba la supensión de la ejecución judicial que había reclamado la propiedad de la vivienda y, al mismo tiempo, imponía una multa coercitiva al alcalde de cien euros diarios "hasta la total ejecución del fallo". El motivo principal era el incumplimiento municipal de la providencia dictada en diciembre de 2012 mediante la que se daba un plazo de seis meses al Consistorio para derribar los elementos constructivos realizados sin licencia y fijaba el día uno de julio como fecha límite para finalizar las obras de demolición. "Estamos a 18 de septiembre y no consta que (las obras) hayan empezado", destaca el auto del TSJB.

Pocos días después de la imposición judicial de la multa, el 19 de julio, el Ayuntamiento presentaba recurso en el que alegaba que la sanción impuesta a Cifre infringía la Ley al no haberse requerido previamente al interesado, que no respetaba la legislación por el hecho de que la sanción debía reiterarse cada diez días y no cada veinte días tal y como establece el precepto, y que la cuantía era desproporcionada.

Sanción justa

El auto del TSJB admite que el secretario del Tribunal "no apercibió personalmente al alcalde para que formulase alegaciones", por lo que la imposición de la multa "incurrió en un error procedimental", aunque precisa que este hecho "no ha causado indefensión alguna al alcalde" ya que éste "conocía la imposición de la multa personalmente" porque el 31 de julio solicitó audiencia en el TSJB. La comparecencia judicial se produjo el pasado martes, tal y como publicaba ayer este diario.

Por otra parte, el TSJB añade que la cuantía de la multa "se encuentra dentro de los márgenes" legales y es "ajustada" a los emolumentos acreditados por Cifre, "así como a la gravedad del retraso en la ejecución de una sentencia del año 1993". "Nos encontramos a casi 14 años de la ejecutoria y todavía no se ha cumplido el fallo", reitera el Tribunal. El TSJB sí admite que el plazo de diez días establecido previamente no sigue "el tenor literal" del artículo 48.7 de la LJCA, por lo que fija el plazo en veinte días a partir de la notificación del auto.

El alcalde Tomeu Cifre admitió ayer su contrariedad por el auto del TSJB y lamentó el hecho de que la comparecencia del pasado martes no haya servido para que la juez reconsiderara su posición con respecto a la multa coercitiva. Cifre reiteró que él explicó al TSJB los pasos seguidos por el ayuntamiento para el cumplimiento de la sentencia judicial y que hoy mismo se realizará en la vivienda a derribar el acta de replanteo. "Me siento impotente por la sanción, pero yo no puedo entrar en la casa con la bandera para derribarla porque todavía vive gente", explicó.

La primera sentencia obligaba a derribar buena parte de la casa al considerar que alteraba la panorámica desde el Calvari.