El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado la sentencia emitida en octubre de 2011 por el juzgado de primera instancia número 2 de Inca en relación a la titularidad del camino de Ternelles, en el municipio de Pollença. Aquel fallo consideraba que la histórica ruta que conduce al Castell del Rei es de titularidad privada, aunque debe garantizar una servidumbre de paso a favor del ayuntamiento de Pollença.

La sentencia de la Audiencia Provincial ha desestimado los recursos presentados tanto por la sociedad que representa a la propiedad de la finca, Menani S. A. como por el Consistorio ´pollencí´, que no quedaron satisfechos con la sentencia de octubre de 2011 al considerarla lesiva para sus respectivos intereses. A mediados del pasado mes de enero se celebró en la Audiencia la vista oral para resolver los recursos que interpusieron ambas partes contra el fallo del juzgado de Inca y que ahora han sido desestimados por el TSJB.

El alcalde de Pollença, Tomeu Cifre (PP), explicó ayer que tanto la primera sentencia como la ratificación del fallo por parte del TSJB que se conoció ayer "vienen a demostrar que no todos los caminos que están incluidos en el catálogo municipal tienen titularidad pública" y se refirió al camino de Ternelles como "un claro ejemplo de sendero que era declarado como público por el Ayuntamiento, sin serlo".

Cifre expresó también su preocupación por la posibilidad de que la empresa que representa a la propiedad de la finca de Ternelles, la familia March, pueda ahora reclamar una indemnización al Ayuntamiento por la servidumbre de paso reconocida por el juzgado. En la actualidad, el Consistorio permite el paso únicamente a veinte personas al día que previamente deben cursar una solicitud formal.

El juicio para determinar la titularidad del camino de Ternelles se celebró en Inca entre los meses de mayo y junio de 2011 debido a la demanda interpuesta por la propiedad contra el Ayuntamiento por haber incluido el emblemático camino en el catálogo de bienes públicos del municipio.

La sentencia de la Audiencia condena a las partes a pagar las costas de los respectivos recursos. Ambas partes pueden presentar recurso de casación en 20 días.