La Audiencia de Palma ha respaldado a la regidora de Seguridad Ciudadana, Angélica Pastor, y determina que no cometió ningún delito de prevaricación al tomar la decisión de trasladar los coches del aparcamiento de la comisaría Oeste al cuartel de Sant Ferran. El tribunal rechaza la posibilidad de que la política de Cort tenga que defenderse de dicho delito que le imputó, a través de la presentación de una querella criminal, el Sindicato Profesional de Policías

El sindicato decidió acudir a los tribunales penales para cuestionar que Pastor no hubiera contestado a los escritos que se presentaron para denunciar el mal estado del aparcamiento de coches utilizados por funcionarios que trabajan en la comisaria Oeste. Esta zona de estacionamiento está ubicada en la primera planta del Mercado de Camp Redó y pertenece a una empresa privada que explota el edificio en régimen de concesión.

Las quejas sindicales

El sindicato presentó varios escritos denunciando el mal estado de esta instalación, que había derivado en una serie de accidentes laborales por caídas como consecuencia de la deficiente iluminación. También denunciaba el estado deslizante del suelo del parking, agravado por problemas de evacuación del agua de la rampa al no disponer de canalización.

El sindicato consideraba que la regidora de Seguridad Ciudadana había cometido un delito de prevaricación, por cuanto no había adoptado ninguna resolución para subsanar las irregularidades del aparcamiento. Pero los jueces realizan una interpretación muy distinta a dicho sindicato. Entienden que la concejalía se preocupó por solucionar los problemas, solicitando información y planteando la posibilidad de mejorar la iluminación. Sin embargo, al no ser posible la solución, Angélica Pastor optó por abandonar este parking. El sindicato se quejaba de que la juez de instrucción ni siquiera se había planteado la posibilidad de citar a declarar a la concejala como investigada. La magistrada solicitó el expediente administrativo sobre dicha problemática y, una vez analizada la documentación, llegó a la conclusión de que no se había cometido ningún delito de prevaricación. El tribunal de la Audiencia señala que la juez ha explicado las razones por las que cree que no hubo delito de prevaricación. La Audiencia detalla que, en determinados casos, "aunque muy excepcionalmente y siempre que se motive", la juez de instrucción puede realizar una investigación previa antes de acordar la imputación de una persona. Un análisis previo, sobre todo, "en aquellos casos de imputaciones que puedan parecer dudosas".

Sobre el fondo del tema, el auto judicial relata que, si bien es cierto que el sindicato inició un procedimiento administrativo para que se subsanaran las deficiencias, y que dicha propuesta no tuvo respuesta, los jueces entienden que el Ayuntamiento sí buscó una solución: trasladar los vehículos.

El derecho penal

Los jueces recuerdan que existen muchos mecanismos legales, para proteger los intereses sociales, antes de acudir al derecho penal, que pueden resultar "menos lesivos para la autoridad o el funcionario" y que con frecuencia resultan "mucho mas eficaces para la protección de la sociedad". Una referencia con la que se critica el abuso de las denuncias penales.