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Crónica de antaño

El Sindicat de Fora (1315-1834)

La sede del Sindicat de Fora dio nombre a la calle del Sindicat de Palma. En la imagen, el derribo del edificio ejecutado en los años 80.

El origen de esta institución de raigambre medieval, debe buscarse en el intento por resolver el conflicto permanente entre la ciudad de Mallorca y el resto de las poblaciones de la isla. La Universidad Foránea, como comunidad de las villas de Mallorca, se constituyó como una persona jurídica que se personificó en el Sindicat de Fora.

La fundación del Reino, en la tercera década del siglo XIII, se configuró a partir de un único municipio, el cual estaba constituido a su vez, por el terme, es decir, el término municipal propiamente dicho (ciudad y alrededores); y el resto de la isla (la parte foránea). La institución que regía este municipio único era la Universidad de la Ciudad y Reino de Mallorca. Las personas elegidas para ocupar los cargos en la Universidad eran los jurados. Desde un primer momento, las atribuciones de los jurados en la zonas rurales de la isla se vieron obstaculizadas por los poderes señoriales que veían una intromisión del poder real en sus territorios.

A partir de la Conquista, comenzaron a surgir pequeños núcleos rurales, los cuales, con la llegada progresiva de colonos provenientes del continente, no dejaron de crecer durante décadas. Ese aumento demográfico provocó la temprana aparición de asambleas de vecinos y pequeños consejos integrados por los prohombres. Ello explica que ya en 1285, los pobladores de la parte foránea fuesen capaces de nombrar sus propios representantes, o síndicos, para que fuesen a rendir homenaje a Alfonso III, tras el conflicto que se había dado entre Jaime II de Mallorca y el rey de Aragón.

En cambio, y a pesar de ese aumento demográfico en las diferentes villas mallorquinas, los foráneos, en un principio, no tuvieron sus propios representantes en la Universidad de la Ciudad y Reino. En las últimas décadas del siglo XIII ya se apreciaba una injusta realidad político-fiscal entre la ciudad y la parte foránea. En palabras del profesor Antonio Planas "en el municipio único existe una desigualdad entre los habitantes de la ciudad y los foráneos, puesto que estos últimos no participan en el gobierno y administración de la isla, y sin embargo, contribuyen en la financiación de unos gastos vecinales que benefician exclusivamente a la ciudad".

Ante esta situación los foráneos no tardaron en adquirir una conciencia común que les permitiría defender sus intereses de forma unitaria. Esta realidad explica que en 1306 las villas mallorquinas enviasen a sus propios representantes ante el rey Jaime II para exponerle sus reivindicaciones.

Parece ser que fue el rey Sancho I de Mallorca quien mostró la voluntad de querer subsanar esta injusta situación. En 1312 los foráneos enviaron ante el rey a sus representantes, los cuales se autointitularon síndicos de la universitas foránea. Un año después el monarca mallorquín señalaba que las villas debían beneficiarse de los caudales recaudados, pero al mismo tiempo dejaba claro que la ciudad y la parte foránea formaban un único cuerpo. Dos años más tarde, el rey autorizaba la creación del Sindicat de Fora. Tal como expone Planas en su tesis doctoral sobre esta institución: "La sentencia arbitral de Sancho del año 1315 constituye la culminación del proceso de adquisición de personalidad jurídica de la parte foránea. Mediante sentencia, la Universidad Foránea [el Sindicat de Fora] es reconocida, y consigue participar en el gobierno y administración económica del reino. En esta fecha se quiebra definitivamente el dominio absoluto de la ciudad sobre la parte foránea". Dicha sentencia preveía la participación de cuatro prohombres foráneos en la comisión de oidores de las cuentas del reino. Además, a partir de entonces, los foráneos participaron en los órganos de decisión política, de esta manera el General Consell se convirtió en una asamblea deliberante y decisoria.

Pero una cosa era la aprobación de la sentencia por el rey, y otra muy diferente era hacerla cumplir. Pues bien, no fue hasta 1328 que el Consell reconoció y autorizó al Sindicat de Fora. Tras la reincorporación de Mallorca a la Corona de Aragón, en época de Pedro el Ceremonioso, la Universidad Foránea consiguió una cierta autonomía respecto de los jurados de la ciudad. De todas formas, y siguiendo a Planas, "las sucesivas reformas puntuales del régimen universal, destinadas a reforzar la participación foránea en el gobierno y administración de la comunidad de ciudad y villas no consiguen satisfacer las pretensiones de los foráneos". Incluso, a finales del siglo XVI, el Sindicat de Fora, envuelto en un sentimiento de indefensión e impotencia, se planteó la ruptura.

El Sindicat de Fora, al igual que otras instituciones del Reino, durante los primeros tiempos careció de una sede propia. Sus reuniones tenían lugar principalmente en iglesias. Por ejemplo, en Inca se reunían en la parroquia, o en Sineu el palacio real de esa localidad. Sin embargo, la participación de los foráneos en el Consell General del Reino les obligaba a tener una sede en Ciutat. Durante años alquilaron alguna casa (alberg) y no fue hasta mediados del siglo XV que compraron un inmueble que se convertiría en sede propia y permanente. Esta sede llegó a ser un referente en la ciudad e incluso aportó su nombre al nomenclátor de la ciudad: la calle del Sindicat.

El Sindicat de Fora pervivió incluso al Decreto de Nueva Planta, en virtud del cual, recordémoslo, desaparecieron muchas de las instituciones de raigambre medieval del Reino. Tras la Constitución de Cádiz y la posterior aparición de la Diputación Provincial, el Sindicat de Fora fue suprimido. En 1822 la Diputación de Baleares vendió la sede del Sindicat y dio por disuelta dicha institución, aunque fue restituida tras la Restauración de 1823. En 1834, los síndicos foráneos fueron cesados definitivamente. Estos fueron los últimos en llevar las gramalles vermelles, vestimenta institucional que durante siglos distinguió a los jurados de la Ciudad y Reino de Mallorca.

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