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Cort aplaza seis meses las multas de la inspección de edificios

Antes de que acabe el año 6.000 inmuebles construidos con anterioridad a 1965 deben haber entregado el certificado de la ITE, en caso contrario se exponen a una sanción de 600 euros

Edificios de las Avenidas, zona de la ciudad en la que hay numerosos edificios construidos en los años 60.

Los inmuebles construidos antes de 1965 que a 31 de diciembre del presente año no hayan entregado el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), la antigua Inspección Técnica de la Edificación (ITE), no serán multados por el Ayuntamiento de Palma de forma inmediata, sino que se esperará seis meses para proceder a sancionarlos.

La decisión afecta a casi 6.000 inmuebles que están obligados a pasar la inspección antes de que acabe el año, 3.702 construidos entre 1961 y 1965, y otros 2.097 levantados antes de 1960, que ya debían haber entregado el certificado en años anteriores pero que por distintos motivos no lo han hecho.

El equipo de gobierno ha valorado una petición formulada por el grupo municipal del PP, que había solicitado una moratoria a la hora de aplicar la normativa con el fin de no saturar el servicio.

El teniente de alcalde de Modelo de Ciudad, Antoni Noguera, explicó a la concejala conservadora Lourdes Boch que la moratoria en la aplicación de la ordenanza actual no era posible, puesto que, para ello, se debería modificar su actual redactado, algo que llevaría meses.

No obstante, explicó que, en atención a las modificaciones introducidas este año en la ordenanza, se podía comprometer a no tramitar los expedientes sancionadores previstos en la normativa hasta que hayan transcurrido seis meses.

De esta forma, los inmuebles obligados que no hayan entregado el certificado de la inspección antes de que acabe el año lo podrán hacer hasta el próximo mes junio sin que sean multados. A partir del pasado mes de mayo el certificado de inspección debía incluir, además de informes sobre el estado de las fachadas y de los elementos que dan a la calle, certificados sobre eficiencia energética y de accesibilidad.

Según la ordenanza municipal el Ayuntamiento puede multar con hasta 600 euros a los inmuebles incumplidores. Si bien todos los edificios están sujetos a pasar la inspección sobre su mantenimiento, solo los de viviendas plurifamiliares y los de uso público deben incorporar además los certificados sobre accesibilidad y eficiencia energética. Los edificios unifamiliares aislados solo tienen que acreditar su buen estado de conservación. El informe, que debe presentar un técnico contratado por los propietarios del inmueble, puede ser favorable o desfavorable. En el primer caso se puede presentar de forma presencial u on line. Si es desfavorable y se observa un peligro inminente se deben dictar las medidas correctoras necesarias, que son de obligado cumplimiento.

Desde la entrada en vigor de la ordenanza en 2006, el Ayuntamiento ha abierto hasta 2013 un total de 531 expedientes por incumplimiento de los inmuebles que hasta aquel año estaban obligados a pasar la inspección, que afectaron a 697 edificios y a 1.880 propietarios, a los que se les ha impuesto la sanción de 600 euros prevista en la normativa.

En 2012 debían pasar la inspección los inmuebles construidos entre los años 1931 y 1940; en 2013 los 3.200 inmuebles levantados entre 1941 y 1950 y, en 2014, los 3.980 edificios construidos entre 1951 y 1960. A lo largo de 2015 estaban sujetos los 3.702 inmuebles levantados entre 1961 y 1965, además de los 2.097 sujetos a la presentación obligatoria del certificado en años anteriores y que aún no lo han hecho.

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