La callada por respuesta. Esta ha sido, por el momento, la reacción del equipo de gobierno del ayuntamiento de Palma a la solicitud formulada por dos ciudadanos ahora hace un año para que se retire el crucifijo que preside el salón de plenos de Cort.

Tras la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Estrasburgo que declara que la exhibición obligatoria de crucifijos en las aulas de colegios públicos italianos atenta contra el derecho de los padres de educar a sus hijos y contra la libertad de culto, la solicitud de los ciudadanos palmesanos cobra actualidad.

La petición, presentada el 16 de diciembre de 2008, solicitaba la retirada del crucifijo "por vulnerar los derechos fundamentales reconocidos en los artículos 14 y 16.1 y 16.3 de la Constitución. El primero consagra la "igualdad de todos los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Por su parte el punto uno del artículo 16 de la Carta Magna garantiza a todos los españoles "la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley". Por último, el punto tres de este mismo artículo afirma que "ninguna confesión tendrá carácter estatal". La petición se formuló después de que un tribunal de Valladolid ordenara la retirada de los crucifijos por estar ubicados en un espacio común de un centro docente. De igual forma, los dos ciudadanos de Palma recuerdan que el salón de plenos "es un espacio común de la Administración pública", por lo que consideran que su presencia "como símbolo religioso que es, independientemente de que también pueda tener otras funciones o ser considerado como ornamento, vulnera derechos fundamentales reconocidos en la Constitución".

Después de seis meses sin respuesta, el pasado 15 de junio reiteraron su petición, también sin resultado alguno. Ante el silencio, recurrieron al Defensor de la Ciudadanía para que mediara ante alcaldía para que contestara su petición. El Defensor les remitió un escrito el pasado mes de septiembre en el que consideraba que "sólo hace siete meses" que presentaron su petición, por lo que resolvió que "no existe perjuicio".