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El equipo de gobierno baraja modificaciones en la normativa para adaptarla a la realidad

Cort se plantea cambiar la norma para que las bicicletas puedan circular por las aceras

La actual ordenanza sólo permite que transiten por la calzada o los carriles reservados a los vehículos de dos ruedas

 23:38  
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La ordenanza de Circulación no permite que las bicicletas circulen por las aceras.
La ordenanza de Circulación no permite que las bicicletas circulen por las aceras.  Foto: B. Ramon.
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  Artículo 17: Bicicletas. Diario de Palma

JOSEP CAPÓ. PALMA. El equipo de gobierno de Cort está estudiando en estos momentos introducir una serie de cambios en la actual ordenanza municipal de circulación con el fin de adaptar la normativa a la realidad de la ciudad por lo que se refiere a la implantación generalizada de los carriles para bicicletas y el aumento del uso de este medio de transporte.
Uno de los aspectos que se deberá cambiar en la actual normativa –o al menos clarificar– se refiere a las condiciones en las que las bicicletas han de circular sobre las aceras. La normativa actual prohíbe expresamente que los vehículos de dos ruedas transiten sobre este espacio reservado a los peatones, a no ser que sobre la acera discurra un carril bici. La realidad, no obstante, es que, en la práctica, los agentes de la Policía Local no impiden esta práctica, excepto en los casos en los que se circule a una velocidad excesiva que ponga en peligro la integridad de las personas.
Fuentes de la Policía Local indicaron que, si bien la permisividad era comprensible cuando la red de carriles para bicicletas era prácticamente inexistente o ésta se utilizaba exclusivamente para el paseo, ahora la situación puede haber cambiado.
De todas formas, si bien no hay una decisión firme al respecto, todo parece indicar que la modificación de la normativa iría encaminada a permitir que las bicicletas circulen por las aceras en aquellas calles de alta densidad circulatoria y que no dispongan de carril específico para bicicletas. No obstante, en este caso se limitaría la velocidad, con alguna especificación más clara que la que se permite en las zonas peatonales.
En estas últimas calles, así como en los parques y jardines, la ordenanza permite circular a las bicicletas siempre y cuando su velocidad no exceda "a la normal de un peatón". También se pretende especificar o aclarar estra última afirmación, por cuanto si se circula en bicicleta a la velocidad del peatón es difícil mantener el equilibrio y, en consecuencia, normalmente la velocidad es mayor, incumpliendo, en este caso también sistemáticamente, la actual ordenanza.
En otras ciudades se ha solucionado esta última circunstancia permitiendo o prohibiendo la circulación de los vehículos de dos ruedas por calles peatonales en función de su densidad. Otra alternativa consistiría en establecer distintas velocidades máximas en función de las calles y el tráfico peatonal que se genera.
La nueva normativa también pretende aclarar las condiciones de uso de los carriles para bicicletas, dejando claro que los peatones no pueden circular por ellos. En cambio, cuando se circula con patines o patinetes, se debe hacer por los carriles para bicicletas. En el caso de que éstos no existan sólo pueden hacerlo por las aceras y paseos a la velocidad de los peatones.
Debido a que la modificación de la ordenanza de Circulación conlleva una tramitación que supone al menos tres meses, puesto que se debe aprobar inicialmente y proceder a su exposición al público antes de la aprobación definitiva, no se descarta que, transitoriamente, se dicte un decreto o un bando.

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