Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Marihuana y sus controversias

El actual Govern de las islas afirmó, hará cosa de año y medio, su intención de regular, como ha sucedido en otros lugares, el uso terapéutico y quizá recreativo (clubes de consumidores) de la marihuana, aunque hasta la fecha no haya vuelto a pronunciarse respecto a un tema de indudable interés y por razones varias, pese a que los sectores más conservadores (Iglesia incluida, ¡faltaría más!) se muestren tradicionalmente reacios a abordar siquiera la cuestión.

Se está falto de estudios prospectivos a largo plazo, con la adecuada metodología, para asumir sin sombra de duda los efectos positivos que reiteradamente se le atribuyen. En esa línea se ha pronunciado recientemente la National Academie of Sciences (NAS) americana, urgiendo a que el Gobierno federal apoye la investigación en ese sentido. Entretanto, legalizar su uso bajo estrictas premisas ha sido la tónica en muchos países y, aunque sólo tuviese como efecto colateral el de terminar con tanta mafia como abunda también por aquí, justificaría el ponerse de una vez manos a la obra respecto al cannabis de la marihuana, que contiene, entre otros principios activos, los sustanciales tetrahidrocannabinol y cannabidiol (el primero, THC, es el componente psicoactivo, mientras que al cannabidiol (CBD), se le atribuyen otras propiedades que se han mostrado beneficiosas en numerosos ensayos). Conviene precisar lo anterior porque también es posible hacerse en el mercado con marihuana sintética para ser inhalada o ingerida -la llamada K2-, que suele ser ofrecida como derivada de la original aunque se trate de un producto distinto, de uso altamente perjudicial (daño renal, hipertensión€) y, en consecuencia, su distribución está prohibida en los mismos países que autorizan el cannabis.

Del consumo prolongado de marihuana se derivan toxicidades comprobadas y, por lo mismo, habrá que desaconsejar el uso por mero placer, aunque haya quien apunte que la autorización, bajo determinados supuestos, podría suplir a otras adicciones de mayor riesgo potencial. A más de ataques de pánico u otros síntomas psicóticos (Lancet Psychiatry, octubre 2016), se ha reportado el aumento de intentos de suicidio entre los consumidores con relación a la población general, así como posibilidad de daño cardíaco, hipotensión o, tras un hábito prolongado, osteoporosis y eventual insuficiencia respiratoria; problemas todos que demandan la oportuna normativa caso del uso para solaz ya que, como recurso terapéutico, el panorama se presenta cuando menos prometedor y recientes análisis parecen abundar en su beneficio para ciertas patologías.

En lo que hace a la esfera psíquica, parece disminuir los trastornos de ansiedad, y el CBD, a dosis de un gramo diario en solución bebible, junto a la medicación tradicional empleada en pacientes con esquizofrenia, reduciría los síntomas sin aumento de efectos secundarios (Reunión bianual de la Sociedad Internacional para la Investigación de la Esquizofrenia, 5 de abril de 2016). En cuanto a otros usos sanitarios, son conocidas las propiedades analgésicas y antiinflamatorias incluso en dolores refractarios (en la Esclerosis múltiple, dolores espásticos o neuropáticos por diversas causas€). También se ha señalado repetidamente el efecto antinauseoso del THC tras la administración de quimioterapia oncológica (British Medical Journal, 323: 16-24, 2001) y, aún a falta de evidencias definitivas, se sugiere la utilidad del CBD para el tratamiento de la diabetes tipo 2, por aumentar la sensibilidad a la insulina (Diabetes care, agosto 2016). Igualmente, existen indicios que apuntan a posibles propiedades antitumorales (con mayor verosimilitud que en el caso del Minerval) debido a su acción antioxidante.

A consecuencia de lo expuesto, el empleo medicamentoso de distintos componentes del cannabis se autoriza, entre otros países, en Australia, Canadá y la mayoría de estados norteamericanos, al tiempo que todos los de la costa oeste, desde el pasado año, permiten su uso recreativo bajo determinados requisitos: edad superior a 21 años y no estar en posesión de más de 28 gramos o cultivar más de seis plantas. Parecida permisividad controlada, como muchos lectores sabrán, existe en Holanda desde 1976, Bélgica y Suiza (posesión máxima de 10 gramos), Inglaterra, Portugal (25) o en Sudamérica: Argentina y Uruguay, Colombia (5), Chile, Ecuador (10), Perú (8)€

Por todo ello, llama la atención que en España no se haya tomado hasta la fecha medida legal alguna para regular el uso médico ni por supuesto el recreativo con la excepción de Barcelona hasta donde sé, capital donde existen clubes autorizados y pese a ser el país, como ha sido reiteradamente publicado, tercero de la Comunidad Europea por lo que hace a su consumo lúdico. Es seguramente una más entre las razones por las que todos los partidos políticos de relevancia, con excepción del PP, se han mostrado en algún momento favorables a poner la cuestión sobre la mesa, aunque en el caso de Balears y hasta ahora, no se haya ido más allá de una ambigua declaración de intenciones que se viene postergando. A modo de conclusión y para no caer en el apriorismo, habrá que ver, aunque la demora entre palabras y acciones empiece a ser excesiva. Y no sólo por lo que hace al cannabis.

Compartir el artículo

stats