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El maltrato animal, con distinto rasero

Nada que objetar, sino todo lo contrario, a la reforma del Código Penal en 2013 que contempla condenas de 6 a 18 meses por maltrato animal aunque, en su aplicación, los legos advirtamos un algo de teatro cuando no flagrantes contradicciones y, para ejemplos, los que siguen y muchos de ustedes recordarán.

El dueño de un caballo fue condenado a 8 meses de cárcel por acabar con él a garrotazos en el hipódromo de Manacor, pena suspendida después y a cambio de un programa educativo. Otro desalmado, un año por matar de hambre a su perro. Muy mal, por supuesto, pero, ¿doce meses? ¿Como ése que agrede a su pareja? En Oviedo, nueve de prisión tres menos por acabar con un gato (quizá la pena guarde relación con el tamaño del animal), y leí que hubo condena por deshacerse de un hámster, aunque de ser conejo no hay mayor problema. En esa línea, cabría preguntarse si quienes decidan comer gato o hámster a la plancha no tendrán de qué preocuparse. Por lo demás, no deja de llamar la atención que, de primar otras consideraciones, la eliminación no de uno, sino de muchos miles de ejemplares, pueda ser incluso objetivo de la Administración pública. En Australia (también con ley de protección animal), se pretende exterminar a dos millones de gatos salvajes y habrá, previsiblemente, una sustanciosa inversión para ello. Más cerca, no hace mucho tiempo que nuestro gobierno autonómico aprobaba en el islote de Es Vedrà la matanza de cabras salvajes, a cargo de francotiradores contratados y al objeto de preservar la flora endémica de la zona.

Y si todo lo anterior induce siquiera a la reflexión, de incorporar al toro, protagonista casi siempre de una tragedia convertida en espectáculo, el pasmo frente a esa paradójica permisividad que choca frontalmente con la antes citada ley obliga a preguntarse hasta cuándo una excepción que, infortunadamente y hasta aquí, reza también para Balears. Hasta 2015 se seguía alanceando al Toro de la Vega en Tordesillas (por primera vez, este año, se ha cambiado el de la Vega por "El Toro de la Peña", sin darle muerte en público, y la que se ha armado); en Coria se le acribilla con punzones y en Medinaceli, por no seguir, se atan bolas encendidas a sus cuernos con las consiguientes quemaduras. Por lo que hace a la llamada "fiesta nacional", una vergüenza para la mayoría de nosotros, legitimar la tortura con base en cambiar la evidencia por la más abstrusa de "patrimonio cultural inmaterial", no es sino una hipocresía más entre las muchas a que nos tienen acostumbrados para disimular la paradoja que supone condenar el maltrato con excepciones, dando una vez más la razón a los de Jarabe de palo, como ya escribí en su día, con aquella canción de "Depende, / ¿de qué depende? / De según cómo se mire, todo depende?".

Sin embargo, el "según cómo se mire" ha ido decantándose progresivamente hacia el rechazo y así, Canarias fue según creo la primera comunidad en prohibir las corridas en 1991, a la que siguió Cataluña en 2010 y, en el tema que hoy me ocupa, la afirmación nietzscheana de que no hay hechos sino interpretaciones va derivando hacia la interpretación negativa también en nuestro medio, donde ya son, si no estoy mal informado, 34 los municipios que se han declarado antitaurinos. ¿De espaldas al patrimonio cultural? Ignoro lo que entenderán algunos por tal, aunque de acordar como alguien afirmó que cultura es todo cuanto ocurre en determinado tiempo y lugar, también cabría en dicha definición la violencia de género o la evasión de impuestos, ¿no? Y, en consecuencia, se trataría asimismo de bienes inmateriales a conservar.

En otro caso, va siendo hora de que nuestro Govern coja el toro por los cuernos (con exquisito cuidado para no dañarlo) y haga efectivo de una vez el proyecto de ley para prohibir la tauromaquia, aunque ello pudiera suponer un conflicto Constitucional e incluso la necesidad de llegar a un consenso entre los propios socialistas de las islas, al parecer con opiniones divergentes respecto a si el veto debería incluir también al correbou de Fornalutx, con un animal, si no torturado, cuando menos sujeto de mobbing e impropio de una sociedad desarrollada. Convendrá recordar a este respecto que el 9 de septiembre se publicaba una resolución de la Audiencia Provincial que consideraba merecedor de sanción administrativa el hecho de dejar un burro atado a pleno sol, lo que produce sin duda menor estrés a un animal que el citado correbou.

Algo chirría en todo esto, porque no deja de sorprender que en Coria se imponga una multa de 30.000 euros por matar al toro de un disparo, mientras que si lo es por estocada habrá aplausos e incluso paseíllo. El caso es que, de no tratarse a todos con el mismo rasero, más que ley es postureo como ahora gusta decir, olvidando que, aunque nadie sepa lo que es bueno, sí sabemos lo que sería mejor, ¿no les parece? A no ser que la estupidez se esté enseñoreando de nosotros: por lo menos de algunos y la cosa va a más. Pese al patrimonio cultural inmaterial o, en ocasiones, debido al mismo.

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