Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Antonio Papell

Un Constitucional vitalicio

En apenas dos días, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha tomado dos decisiones trascendentales para el futuro de la humanidad: el jueves de la pasada semana, y por seis votos a tres, otorgaba el definitivo espaldarazo a la ley de cuidados accesibles, que ha dado ya cobertura sanitaria a más de diez millones de ciudadanos en lo que se considera la fase definitiva de la construcción del estado de bienestar estadounidense (antes del Obamacare, Franklin Roossevelt creó en los años treinta la administración de la Seguridad Social y en los años sesenta Lyndon Johnson la sanidad pública para los más pobres y los mayores de 65 años). Es la segunda vez que el máximo tribunal norteamericano, en funciones de Constitucional, sale en socorro de este proyecto progresista del demócrata Obama.

Pocas horas después, el viernes, el mismo tribunal, y por cinco votos a cuatro, declaraba inconstitucionales las leyes que en catorce estados prohibían casarse a los homosexuales. En esta resolución, el ponente, el magistrado centrista Anthony Kennedy, ha invocado la 14ª enmienda de la Constitución que consagra la igualdad de todos ante la ley.

Ambas sentencias son esta vez el adjetivo no es excesivo ni redundante históricas porque el hecho de que la primera potencia de la tierra, no sólo en el terreno político y militar sino también en el intelectual e ideológico, haya impulsado el estado de bienestar y hay reconocido el derecho de los gays a ser ellos mismos y a ser aceptados como iguales por la comunidad supone un gran salto cualitativo en el desarrollo de la civilización, mediatizado por toda case de prejuicios y supersticiones que, en brazos de las corrientes religiosas y filosóficas, han dificultado el camino de la humanidad hacia los grandes valores trascendentes: libertad, solidaridad, igualdad.

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha sabido ser en estos asuntos punta de lanza de su propia sociedad, por lo que la institución, tan singular, merece ser elogiada, y quizás emulada. Es el único Tribunal creado por la Constitución americana (los demás han sido instituidos por leyes del Congreso), y posee las competencias de revisión judicial que genera jurisprudencia y de declarar inconstitucionales leyes federales o estatales y actos de los poderes ejecutivos federal y estatales. Sus decisiones son inapelables. Desde 1869, está formado por nueve miembros, nombrados por el presidente y confirmados mediante el "consejo y consentimiento" por mayoría simple del Senado. No pueden ser revocados, salvo un complejo proceso de impeachment.

El dato distintivo de este tribunal es, notoriamente, el carácter vitalicio de sus miembros. Ello ha hecho posible que las afinidades entre cada juez y el presidente que le designó se hayan modulado con plena libertad a lo largo del tiempo, ha otorgado a los magistrados una independencia insobornable y, con frecuencia, les ha permitido ejercer un papel visionario, anticipador de las corrientes más modernas de la sociedad a la que sirven.

Nosotros tenemos serios problemas para conseguir la independencia del poder político del Poder judicial tanto el Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional son instituciones calcadas de los parlamentos, y cada miembro luce la etiqueta de la formación que lo ha propuesto y aupado. Por ello, a la hora de la reforma de la Constitución que no ha de estar lejos, si nos guiamos por algunos indicios evidentes no estaría mal que consideráramos la posibilidad de importar la institución de los jueces vitalicios. No agradará a los políticos, que perderán poder e influencia, pero sí beneficiaría objetivamente a la democracia.

Compartir el artículo

stats