Cristina de Borbón vuelve a estar en manos de la Audiencia Provincial. El juez Castro ha elevado a esta instancia superior los 14 recursos presentados sobre las imputaciones practicadas en el caso Nóos, especialmente por lo que respecta a la hermana del rey.

En su día, la Audiencia, tras los primeros recursos, dictaminó que sólo había lugar a la indagación procesal de eventuales responsabilidades penales, por lo que respecta a las responsabilidades tributarias de Cristina de Borbón. Este es el camino claro que se marcó al instructor Castro y el que, fiel a su tónica de comportamiento profesional, ha seguido el magistrado. Ha cosechado abundante documentación en el trayecto y, como es público y notorio, más de una incidencia.

Prácticamente sólo el juez instructor y el sindicato Manos Limpias sostienen a día de hoy que hay lugar a la imputación de causas penales a la infanta por su actuación -o por dejar hacer en su nombre- en el entramado de Nóos y su participación societaria en Aizoon. Todas las miradas quedan sobre una Audiencia Provincial que deberá evaluar, con especial precisión, por mero efecto de la trascendencia pública, el trabajo que ella misma encomendó.

El fiscal no acusa en este asunto, ya se sabe. Sostiene que el juez ha cogido especial manía a Cristina de Borbón por ser ella quien es. Pero no es, ni mucho menos, la única parte significativa del proceso que en el ejercicio -libre o jerárquico, igual da para el caso- se decanta por la exculpación de la Infanta. La tendencia siguen siendo la de gravarlo casi todo sobre las espaldas de Iñaki Urdangarin y Diego Torres. Por eso, entre los 14 recursos presentados, figuran los redactados por sus respectivos letrados. Desde la posición de las partes, parece que se ha entrado en una prueba de resistencia para determinar quien acaba teniendo mayor capacidad de influencia. Uno de los aspectos más llamativos de la situación actual está en las tesis que ha acabado sosteniendo la Abogacía del Estado personada en el caso Nóos en representación de la Agencia Tributaria.

Que estés casada con un presunto delincuente fiscal, no significa, necesariamente, que tu también lo seas. Este es uno de los principales argumentos utilizados por la jefa de la Abogacía del Estado en Balears, Dolors Ripoll, para exculpar a Cristina de Borbón y a Ana Maria Tejeiro, la mujer de Diego Torres.

Si todas la interpretaciones fiscales que se hacen en España pasaran por el mismo filtro, la realidad tributaria sería muy diferente de la actual. En el caso de Cristina de Borbón se interpreta el matrimonio como atenuante incluso por lo que respecta al accionariado de sociedades compartidas y no comporta señal de alarma alguna el hecho de que se haya cargado a Aizoon suculentos gastos privados abonados con fondos cuando menos opacos. Ni la circunstancia de que se alquilara a la sociedad la casa de Pedralbes, en Barcelona. Cargar gastos privados no es delito contra la Hacienda Pública, alega Dolors Ripoll y da por supuesto que tales detalles ya se verán, cuando sea oportuno, por el procedimiento adecuado. La Audiencia Provincial dirá.