Aunque no se lo haya pedido en estos términos, si el juez Castro decide hacer caso al fiscal Horrach, colgará la toga de inmediato, cosa por otra parte improbable en un magistrado curtido, al borde de la jubilación y que ha instruido el caso Nóos, por espacio de cuatro años, con la presión y el incordio de mil miradas perennes sobre su trabajo.

También era altamente improbable que José Castro y Pedro Horrach, desde su respectiva acción y competencia jurídica, se instalarán en el antagonismo. Ha ocurrido. Siempre se han distinguido por su trabajo, ahora lo hacen como primeros actores de una disputa, cruda y formal, a la que se puede presumir mucha acción y colaboración en la trastienda y que escenifica una gran ceremonia de la confusión y del desconcierto de cara a la opinión pública.

Pocas veces y de forma tan velada se ve a un fiscal arremeter contra un juez para proteger a una imputada. La instrucción del caso Nóos acaba de incorporar una pieza antológica de tan rara especialidad, en la que el representante del ministerio público sólo se olvida de tres calificativos para el instructor, los de guapo, riguroso y profesional. Parte también de la convicción de que la acción de instruir implica la de prejuzgar pero ésta, aunque lo parezca, no es una carencia de imparcialidad sobrevenida sobre la imputación de Cristina de Borbón. Será, en todo caso, un déficit del sistema penal español que afecta por igual a un juicio de faltas y a un sumario criminal.

El juez con labrada imagen de irreductible y trabajador es para el fiscal personado en el caso Nóos un hombre influenciable a merced de "especulaciones y conjuras propias de otros foros que no tienen cabida en el proceso penal". Esta es el motivo que le ha llevado a construir "un andamiaje probatorio con una falsa apariencia de solidez que se desmoronaría con "una leve brisa". Sobredosis de descalificación personal y escasez de argumento documental. El mismo fiscal, si hacemos caso a la línea de su recurso, dirá que no lo hay porque la relación conyugal, según sus tesis, puede derivar en sociedad mercantil, pero no es compatible por necesidad con la corresponsabilidad fiscal que pudiera alcanzar delito o el blanqueo de capitales.

Según el fiscal, Cristina de Borbón paga, a precio de imputación, las consecuencias de no haber dicho ante el juez lo que el mismo instructor quiso oír. De este modo, lo que para Castro se consolida como claro indicio de, cuando menos duda que aconseja la imputación, para Horrach es motivo sobrado de exoneración. Es la disparidad y la discrepancia absoluta capaz de poner a prueba la solidez de todo el proceso de instrucción.

El fiscal pide al juez que suspenda cualquier trámite hasta que la Audiencia resuelva el recurso de apelación y de descalificación presentado ayer. No quiere que se siga por la senda de "despreciar indicios notables de fuerza exculpatoria". Ya es una cuestión de vencedores y vencidos. El árbitro, la Audiencia.