La ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, culminó la construcción del gran servicio público de Sanidad. El primer artículo de aquel texto legal decía textualmente: "Son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional". El pasado martes, el BOE publicaba el decreto-ley "de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones". Según esta norma, sólo tienen derecho a la asistencia sanitaria "aquellas personas que ostenten la condición de asegurado". En otras palabras, ha desparecido –y por decreto-ley– la universalidad de uno de los dos grandes servicios públicos que forman parte esencial del estado de bienestar. Fuera del sistema quedan, entre otros, los inmigrantes en situación iregular. Ningún ahorro puede justificar este cambio de criterio, que hunde sus raíces en delicados parajes ideológicos.