Dada la complejidad y las ramificaciones del asunto, los vericuetos y derroteros de la instrucción judicial del caso Palma Arena pueden desembocar en una perspectiva de aparentes contradicciones y que observada de forma superficial, propicia la confusión del ciudadano que no está, ni tiene porqué estarlo, ducho en la jerga o la regulación de los procesos penales. La Audiencia de Palma ha anulado la fianza de 1,2 millones de euros impuesta, en concepto de responsabilidad civil, por el juez instructor, a los hermanos García Ruiz. El tribunal da por buenos los argumentos de los letrados de estos dos arquitectos. Todo se mueve, en este apartado, dentro de los conceptos mercantiles de cobro y pago y viene a descartar, de entrada, que la pista del Palma Arena se haya pagado por duplicado. El auto conocido ahora también aclara que el consorcio que se encargó de la construcción del velódromo aún no ha abonado los gastos del proyecto.

La Audiencia avala la tesis de la falta de fundamentos de la considerable fianza interpuesta a los arquitectos García Ruiz. Inutiliza una decisión procesal del juez Castro pero en modo alguno viene a prejuzgar la instrucción conjunta o global del proceso. Es más, llega a admitir la posibilidad de que haya otros documentos que puedan llegar a justificar la elevada fianza civil pero, caso de existir, no son conocidos o no han podido ser valorados. Este es el detalle fundamental de este recurso puntual que los arquitectos que acabaron el Palma Arena han visto resuelto a su favor.

Sin infravalorar la importancia de este apartado resuelto por la Audiencia, no conviene obviar que los conceptos y las actuaciones siguen siendo muy importantes, más bien determinantes, en todo lo relativo al velódromo ya famoso en exceso y no precisamente por los eventos y las gestas deportivas que hayan podido desplegarse sobre su pista no homologada por la Unión Ciclista Internacional. El circuito real del Palma Arena, al que se sigue dando vueltas en busca de una meta todavía muy lejana, es el de un gasto multimillonario, prácticamente el doble de lo presupuestado, por una infraestructura que ha acabado plagada de carencias sustanciales, tanto técnicas como administrativas, porque, aún a falta de determinar las responsabilidades clave de la condición que sea, ya se ha podido acreditar que, en su conjunto, todo fue caro, rápido y malo. Además, ¿todos los fondos públicos invertidos en el Palma Arena acabaron siendo destinados al velódromo estrella del Govern Matas? Esto es lo que de veras importa y tiene todo el derecho del mundo a conocer el ciudadano porque, en definitiva, se ha hecho con su dinero por quienes recibieron la confianza democrática de gobierno.

Cuando las cosas se enrarecen en tecnicismos y complejidades de la administración pública conviene mantener los conceptos y los objetivos claros. Faltaba solidez jurídica y documental para amparar la considerable fianza impuesta a los hermanos García Ruiz. Lo ha dicho sin tapujos la Audiencia Provincial pero, para infortunio del propio proceso judicial y de las arcas públicas, esto no significa, ni mucho menos, que todo quede aclarado. Antes al contrario, el auto de resolución del recurso insinua que todavía pueden quedar muchas vías de exploración para llegar a determinar lo ocurrido al amparo del Palma Arena y sus motivaciones reales.