Don Manuel de Irujo, dirigente del Partido Nacionalista Vasco, ministro sin cartera en los dos gobiernos de Largo Caballero y ministro de Justicia en el gabinete de Negrín escribió un relato estremecedor que forma parte del informe que presentó a las autoridades el día 9 de enero 1937 sobre la España controlada por el Frente Popular y que dice así: "a) Todos los altares, imágenes y objetos de culto, salvo muy contadas excepciones, han sido destruidos, los más con vilipendio. b) Todas las iglesias se han cerrado al culto, el cual ha quedado total y absolutamente suspendido. c) Una gran parte de los templos, en Cataluña con carácter de normalidad, se incendiaron. d) Los parques y organismos oficiales recibieron campanas, cálices, custodias, candelabros y otros objetos de culto, los han fundido y aun han aprovechado para la guerra o para fines industriales sus materiales. e) En las iglesias han sido instalados depósitos de todas clases, mercados, garajes, cuadras, cuarteles, refugios y otro modos de ocupación diversos, llevando a cabo –los organismo oficiales lo han ocupado– en su edificación obras de carácter permanente. f) Todos los conventos han sido desalojados y suspendida la vida religiosa en los mismos. Sus edificios, objetos de culto y bienes de todas clases fueron incendiados, saqueados, ocupados y derruidos. g) Sacerdotes y religiosos han sido detenidos, sometidos a prisión y fusilados sin formación de causa por miles, hechos que, si bien amenguados, continúan aún, no tan sólo en la población rural, donde se le ha dado caza y muerte de modo salvaje, sino en las poblaciones. Madrid y Barcelona y las restantes grandes ciudades suman por cientos los presos en sus cárceles sin otra causa conocida que su carácter de sacerdote o religioso. h) Se ha llegado a la prohibición absoluta de retención privada de imágenes y objetos de culto. La policía que practica registros domiciliarios, buceando en el interior de las habitaciones, de vida íntima, personal o familiar, destruye con escarnio y violencia imágenes, estampas, libros religiosos y cuanto con el culto se relacione o lo recuerda".

No se trata pues de un informe presentado por ninguna autoridad o dirigente de los sublevados, sino que es como hemos dicho al principio, el informe de un miembro que formó parte de los gobiernos de la republica, tanto de Largo Caballero como del gabinete Negrín.

Este informe por si solo es tan revelador que es fácil llegar a la conclusión de que la persecución religiosa en España fue premeditada, planificada y ejecutada bajo el principio de exterminar a todo un grupo social por el mero hecho religioso. De ahí que sería interesante que el juez Garzón, en acto de justicia justa e imparcial, desde su nuevo puesto en la Corte Internacional, y todas las asociaciones que se han constituido en relación a la recuperación de la Memoria Histórica, determinaran si este hecho es o no calificable como genocidio y si es así, al ser un delito no prescriptible, hay que juzgarlo y condenarlo. De no hacerlo la Ley de la Memoria Histórica seguirá siendo utilizada de forma parcial sin más motivo que el de establecer una historia a la medida de los intereses políticos del actual partido gobernante.

Hecha esta consideración recordar que el genocidio es un delito tipificado en el derecho internacional como crímenes contra la humanidad y es definido como aquellos actos perpetrados cuya intención es la destrucción, total o parcial, de un grupo nacional, étnico, racial o religioso, definición esta que se refleja en el estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998. Es más, ya en 1945, concretamente el 8 de agosto de este año, en la carta de Londres se define al genocidio como "crímines contra la humanidad" el "asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos…". Ustedes mismos juzguen si la persecución religiosa que sufrió la Iglesia católica del 1931 a 1937 fue o no un genocidio.

No debo ni puedo negar que se ha debatido mucho sobre el sentido y alcance de la palabra genocidio debido a que la URSS impidió que en la asamblea general de la ONU se tipificara también como genocidio los crímenes realizados por motivos políticos hecho este que solo se justifica por el miedo de la URSS a que sus crímenes fueran considerados genocidios y por tanto perseguibles internacionalmente. Este atropello y chantaje de la URSS a la resolución inicial de la asamblea general de la Naciones Unidas, impide que su régimen totalitario, iniciado en 1917 y caído con el Muro de Berlín, sea juzgado por la Corte Internacional por delito de genocidio, tras haber provocado más de treinta millones de muertos, mediante el sistema de deportación, asesinato y hambruna.

Pero retomando el tema que nos ocupa, quiero concluir haciendo una llamada a la concordia y a la reconciliación, pues nada más perverso para una sociedad, como la española que decidió en 1978 hacer el tránsito de la dictadura a la democracia en paz, treinta años después intente reavivar los instintos más bajos del ser humano: echarse los muertos unos contra otros. Eso nada tiene que ver en que uno sea y yo lo soy, un defensor a ultranza de dar sepultura digna a todos los desaparecidos antes, durante y después de la Guerra Civil, por derecho y por justicia, pero ello no puede suponer reescribir la historia según convenga a unos u otros. Recuperemos el espíritu de concordia y paz que inspiró la tan ejemplar Transición española.

(*) Senador