RICARDO RAMOS CARRIQUE (*)
La noticia saltaba a los medios de comunicación de manera contundente: "El lunes 28 de septiembre en las farmacias ya se podrá comprar la píldora del día después sin receta". Y es que lo ponen cada vez más fácil, ya sólo falta que la vendan también en supermercados.
Y no han faltado los eufemismos habituales para llamar anticonceptiva a una píldora que la comunidad científica sabe muy bien que es abortiva. Aquí no podemos hablar de anticoncepción, sino de aborto explícito. Y además libre, pues ya no habrá supuestos ni requisitos previos, el que quiera podrá abortar. Aunque como la ignorancia está muy extendida, algunos consumidores de ese producto creerán que están tomando un anticonceptivo. Pero no es así. Están abortando, pues desde la fecundación existe una vida humana distinta al padre y a la madre, e intervenir contra ella es abortar.
Este hecho implica la responsabilidad moral de los propietarios de las farmacias, ya que el farmacéutico titular que dispense estos productos, está vendiendo el arma para matar, y se está haciendo cómplice directo del aborto. La única respuesta deontológica es la objeción de conciencia, negándose a dispensar estos productos. En caso contrario, pueden incurrir de facto en la pena de excomunión latae sententiae (es decir automática) que afecta a todos los que colaboran activamente en la práctica del aborto. De hecho, el canon 1398 del Derecho Canónico dice "quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión". Y precisamente Juan Pablo II en la Evangelium Vitae decía en el nº 62 que "La excomunión afecta a todos los que cometen este delito conociendo la pena, incluidos también aquellos cómplices sin cuya cooperación el delito no se hubiera producido".
Y la excomunión es una pena gravísima, ya que significa que los afectados por ella quedan privados de los sacramentos de la Iglesia, y por tanto de la Salvación. Y aunque las leyes humanas les amparen, la ley divina no, y es más importante la segunda que las primeras, pues de las primeras no responderemos después de esta vida, mientras que de la divina sí. El problema es que muchos de los que defienden el aborto, no creen en la transcendencia, y precisamente su incredulidad les facilita la pérdida de la perspectiva moral.
Ciertamente hay algunas circunstancias que pueden eximir de la pena de excomunión automática, como sería el hecho de desconocer sin culpa que esa conducta llevaba aneja una pena, caso en que sería ferendae sententiae y haría falta un proceso formal, o cuando se es menor de edad. Pero en los casos en que se exime la pena de excomunión, no se niega la culpa objetiva moral por el grave pecado cometido, sino que habría que entrar en la casuística concreta, y determinar en cada caso el grado de responsabilidad real.
La pena de excomunión tiene como fin hacer plenamente conscientes de la gravedad de un cierto pecado y favorecer, por tanto, una adecuada conversión y penitencia.
Si consideramos también la aprobación en Consejo de Ministros del nuevo proyecto de ley por todos ya conocido, que facilita aún más la práctica del aborto, nos daremos cuenta de la urgente necesidad de que todos aunemos esfuerzos en la defensa de los más débiles de nuestra sociedad, los humanos no nacidos, y que por ellos nos movilicemos con todos nuestros medios (pacíficos por supuesto) para oponernos al aborto, que es sin duda, la mayor expresión de la degradación ética de nuestra sociedad.
Por eso desde aquí, me gustaría invitar al lector a participar en la concentración contra la política abortista del Gobierno, prevista para el 17 de octubre, ya sea la de Madrid, o la que se hará en Palma frente a la Delegación del Gobierno el mismo día a las 17 horas.
(*) Sacerdote y miembro
de "Baleares Vida"