El Govern aprobó ayer el proyecto de Ley por el que modifica la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental que, entre otros cambios, ampliará las zonas de la costa donde quedará prohibido celebrar macrofiestas en barcos, conocidas como 'party boats', que estaban prohibidas en los espacios naturales protegidos y que ahora tampoco podrán celebrarse en zonas de "relevancia ambiental con continuidad ecológica reconocida". La Ley balear aprobada en 2016 ya endurecía la normativa de 2005, lo que se traducía en el caso de Mallorca en la protección del 50% del litoral que ahora se ampliará.

El conseller de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, Vicenç Vidal, explicó que el proyecto de Ley aprobado ayer implicará además, una vez que entre en vigor tras ser aprobado en el Parlament, la obligatoriedad de evaluar "la capacidad de carga del territorio en las revisiones de los planes urbanísticos o territoriales".

Precisó que esto supone introducir un "concepto limitador del crecimiento" a partir de la capacidad de cada territorio para soportar la intensidad de usos "sin provocar un proceso de deterioro ambiental, social, cultural o de calidad de la experiencia turística".

Asimismo se introduce como nuevo informe obligatorio en la evaluación ambiental la del impacto paisajístico por parte de los consells insulars. Además, el Estado deberá evaluar ambientalmente sus proyectos en las islas e informar al Govern.

Vidal recordó que la modificación de la Ley se debe a la necesidad de adaptarse a la entrada en vigor en mayo del pasado año de la directiva europea y a la anulación por parte del Tribunal Constitucional de tres artículos de la ley balear que fueron recurridos por el Gobierno central. Entre ellos, se encontraba el relativo a planes y programas excluidos de evaluación ambiental, por el que se eximían determinados proyectos de este trámite si consistían en aumentar el nivel de protección.

También anulaba el que permitía declarar la nulidad de un proyecto del Estado si éste no lo sometía a consulta de la Comunidad Autónoma. La ley estatal establece que los proyectos del Gobierno deben ser consultados con las Comunidades, pero sin especificar las consecuencias de no hacerlo. La Ley balear, al fijar la nulidad en esos casos, entraba en las consecuencias, por lo que se ha cambiado y se incluye la necesidad de un "informe básico".