La instalación de una cámara de seguridad, aunque sea falsa, es decir, sin capacidad de grabación, también afecta a la intimidad de las personas y, por tanto, es ilegal. Así lo ha señalado una sentencia de la Audiencia de Palma, que resuelve el conflicto que mantiene un vecino de Eivissa con el propietario de una nave, que instaló esta carcasa, solo a modo disuasorio, cuyo objetivo apuntaba al domicilio de su vecino. Es decir, esta persona, que no sabía que se trataba de una cámara falsa, sino que estaba conectada a un sistema de grabación, se sentía vigilado cada vez que entraba o salía de su domicilio.

Es habitual que muchas personas, como medida de seguridad, instalen cámaras de seguridad falsas, pero estas imitaciones son de tanta calidad que parecen auténticas, aunque no estén conectadas a ningún dispositivo de seguridad. El objetivo es engañar al delincuente que pretende entrar, por cuanto no puede determinar si la cámara de seguridad es real o es ficticia.

El tribunal que ha estudiado este conflicto señala que, aunque se trate de simples carcasas, ello afecta a la intromisión ilegítima de la intimidad personal y familiar del vecino que denuncia al empresario. Recuerda que la ley considera una intromisión ilegítima la utilización de aparatos de escucha, dispositivos ópticos u otros medios para conocer la vida íntima de las personas.

En el caso concreto de Eivissa, la sentencia entiende que si siguen instalados los dispositivos simulados en el lugar en el que se encuentran colocados supondría una violación de los derechos de la persona que vive en el lugar donde apunta el objetivo de la cámara. Pero además, el tribunal considera que el afectado no sabrá nunca, dada la calidad de las imitaciones, si estas cámaras falsas son sustituidas por unas verdaderas, porque es difícil distinguir una de otra. Si ello fuera así, viviría en una constante situación de incertidumbre y desasosiego.

El empresario alegó que instaló estas carcasas por los problemas de seguridad que sufría la zona donde se ubica la nave. El tribunal entiende, si ello fuera cierto, que tampoco es necesario colocar cámaras y apuntar el objetivo en dirección al domicilio de un vecino.

Recuerda también el tribunal que esta práctica está castigada por la ley de protección de datos, sobre todo si se trata de cámaras de seguridad que se han instalado sin la correspondiente autorización. Cuando se descubren estas irregularidades las sanciones pueden alcanzar los 300.000 euros.

En base a este análisis, el tribunal plantea a la empresa dos opciones para que el otro vecino no vea afectado su derecho a la intimidad. Por una parte, puede reorientar la cámara falsa y, si ello no es posible, debe retirar el dispositivo que enfoca directamente a la propiedad del vecino.