Los jueces han establecido que el Govern balear, como responsable de la conselleria de Salud, no tiene ninguna obligación de asumir el coste económico de la atención médica especializada que se le presta a un recluso. Es decir, cuando un preso es trasladado a un hospital público para que le visite un médico especialista, debe ser Instituciones Penitencias -y por tanto el Estado-, el que abone los gastos de dicha atención. El Tribunal Superior de Balears ha resuelto de esta forma el conflicto que ha mantenido el Govern con Madrid ante la disputa para determinar cuál de las dos administraciones debía asumir este coste.

El Servicio Balear de Salud (IB-Salut) presentó al cobro cinco facturas, por un importe de casi seis mil euros, por la atención que habían recibido un grupo de internos en el hospital de Son Espases. Eran unos reclusos que tenían la condición de beneficiarios de la Seguridad Social. El Estado acudió a los tribunales para que estas facturas quedaran anuladas, por cuanto defendía que la asistencia sanitaria al colectivo de presos lo debía asumir el sistema público de salud balear.

La comunidad autónoma no dispone de ningún convenio con el Estado que regule este conflicto. Por ello, el tribunal ha tenido que interpretar el reglamento penitenciario sobre la asistencia sanitaria a los reclusos. Dicho reglamento deja muy claro que la asistencia sanitaria tendrá carácter integral y estará orientada tanto a la prevención, como a la curación. Pero lo más importante, para dejar zanjado este conflicto, es que se establece que la administración penitenciaria abonará los gastos médicos por la atención sanitaria de un recluso fuera de la cárcel.

Las prisiones disponen de una completa enfermería y con atención médica. Pero no todas las enfermedades pueden ser tratadas en la prisión, por lo que es habitual que los reclusos con problemas específicos de salud sean trasladados al hospital de Son Espases para ser tratados por algún especialista. El tribunal recuerda que es obligación de la autoridad penitenciaria, que depende del Estado, velar "por la vida, integridad y salud de los internos". Y, además, "a todos los internos sin excepción se les garantizará una atención médico sanitaria equivalente a la dispensada al conjunto de la población".

La sentencia acude de nuevo al reglamento penitenciario para que el Estado asuma "con naturalidad" el coste de la atención prestada a sus internos, tanto dentro de la cárcel como en un hospital exterior. Un coste económico que también incluye el pago de los medicamentos que precisen estos reclusos.

Bajo esta interpretación, el Tribunal Superior deja muy claro que el Govern no tiene ninguna obligación de asumir el coste económico de la asistencia que reciban los reclusos de Palma.