El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente varios preceptos de la Ley Balear de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales, conocida como Ley de toros a la balear, que prohíbe la sangre y la muerte del astado en las corridas en las islas. El Alto Tribunal suspende estos artículos, que son claves en la Ley balear, al admitir a trámite el recurso interpuesto contra la norma por el Gobierno central, y establece la suspensión de los mismos desde el pasado 10 de noviembre, fecha en la que el Ejecutivo de Mariano Rajoy interpuso el recurso y reclamó la suspensión cautelar. El Constitucional deberá ratificar o levantar esta suspensión en un plazo no superior a cinco meses.

El TC adoptó esta decisión en un auto del pasado 28 de noviembre que se conoció ayer. Entre los artículos que suspende, se encuentra el que no se puedan usar divisas, puntas de pica, banderillas, picas, farpas, estoques o espadas, verduguillos puñales ni ningún instrumento punzante que pueda producir heridas y/o la muerte del toro. Como consecuencia, también se suspende que omitir estas condiciones sea considerado infracción muy grave. Asimismo queda en suspenso la prohibición de la presencia de caballos durante las corridas de toros. así como la limitación a tres toros por espectáculo y con una duración no superior a 10 minutos.

Otras cuestiones que quedan en suspenso es la obligación de que todos los toros que se toreen en plazas de Balears tengan un mínimo de 4 años cumplidos y en cualquier caso menos de 6; o el establecimiento de pesos mínimos de los toros y obligación de una báscula de pesaje en todas las plazas independientemente de la categoría de la plaza de que se trate. Asimismo, suspende la cancelación por parte de el presidente de la plaza de la corrida si no se cumplen los requisitos ahora impugnados; y el reconocimiento veterinario de los toros para comprobar el estado sanitario y de bienestar del animal una vez terminado el espectáculo.

Además, se suspende que los animales que tengan que ser toreados lleguen a la plaza de toros como mínimo 48 horas antes de la celebración del espectáculo taurino; que no sean recluidos en los chiqueros de la plaza durante su estancia; y su vuelta tras la corrida desde los mismos corrales.

Invasión de competencias

El Gobierno central decidió interponer recurso contra la Ley de toros aprobada el pasado 24 de julio por el Parlament por "falta de competencias y por incumplir determinados preceptos de leyes estatales" sobre patrimonio inmaterial y tauromaquia. A juicio del Ejecutivo estatal, Balears no tiene en su Estatut competencias específicas para la protección de animales, además de que la regulación "incumple determinados preceptos de leyes estatales, tanto las referidas a patrimonio inmaterial como las referidas a la tauromaquia".