La Audiencia de Palma ha determinado que una compañía de seguros, que cubre la responsabilidad médica del hospital de Muro, afronte el pago de una indemnización de 133.000 euros a una mujer, militar de profesión, que ha quedado incapacitada como consecuencia de la asistencia sanitaria que recibió. El tribunal no hace más que confirmar la decisión de un juez de primera instancia, que determinó la responsabilidad de la compañía de seguros sanitaria.

La militar sufrió un accidente laboral el día 8 de septiembre de 2013 en la instalación de Acción Social de la Armada, que está ubicada en Sóller. El accidente no tuvo mayor importancia, dado que la lesión que sufrió fue un simple esguince de tobillo izquierdo. La mujer fue trasladada al hospital de Muro. Allí le colocaron una férula de yeso y le ordenaron que estuviera en reposo. Al tratarse de una persona con sobrepeso, según señala la sentencia, y con los factores de riesgo que ello conlleva, los médicos en ningún momento se plantearon prescribirle un tratamiento para evitar un trombo en la pierna.

Pasó un mes y lo cierto es que la lesión no mejoró. Al contrario, la mujer militar continuó sufriendo dolores y, además, se le inflamó la pierna. Era tal su desesperación que el día 7 de octubre acudió al servicio de urgencias del hospital. Una vez retirado el yeso se comprobó que la mujer sufría una trombosis venosa profunda. Quedó ingresada durante diez días y como consecuencia de esta lesión ha sufrido graves secuelas, hasta el extremo de que ha sido declarada incapaz para continuar ejerciendo su profesión de militar.

El tribunal que ha analizado estos hechos cuestiona, no tanto que en el momento de la primera atención no se le prescribiera un medicamento para evitar trombosis, sino la falta de seguimiento de la paciente. Los jueces señalan que a simple vista la mujer presentaba factores de riesgo, por tratarse de una paciente obesa, y los médicos no tomaron ninguna decisión, a pesar de que persistía el dolor en la pierna y había aumentado el volumen de la extremidad. "La actuación de los profesionales médicos fue irresponsable y esa irresponsabilidad se prolongó posteriormente durante un mes". Sostiene el tribunal que los facultativos "hicieron caso omiso a todas las señales de alarma de que algo estaba pasando". La señal más evidente era el aumento del volumen de la pierna, que "evidenciaba un fallo circulatorio", sin olvidar que la militar continuaba quejándose de dolor.

El tribunal de la Audiencia considera que no tiene ningún sentido que un simple esguince en el tobillo no mejorara un mes después de producirse la lesión y los médicos no se alarmaran ante esta situación, ni hicieran nada para resolverla.

Muy crítico se muestra el tribunal con el informe que presentó el perito contratado por la compañía, para evitar la condena médica, como por ejemplo que cuestionara que la paciente sufriera obesidad en la fecha que ocurrieron los hechos. También se cuestiona que el perito señalara que la paciente tomara antidepresivos, lo que descartaría una depresión posterior al accidente. El tribunal le recuerda que el fármaco en cuestión no solo se toma ante episodios de presión, sino por otras muchas cosas, como por ejemplo ante trastornos alimentarios.