El juez de lo mercantil 1 de Palma, Víctor Fernández, ha absuelto a Globalia de tener que pagar 14 millones de euros, más los intereses desde 2012, a los acreedores del concurso del desaparecido holding turístico Orizonia. Globalia, propiedad de Juan José Hidalgo, compró en diciembre del 2012 los hoteles de Orizonia (la cadena Luabay), una operación en la que el magistrado no ve irregularidades ni un perjuicio para la empresa vendedora.

Fernández ha tardado varios meses en redactar la compleja sentencia de la demanda de la administración concursal de Orizonia contra Globalia. El fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, analiza en 59 folios el complicado proceso de compra de la cadena Luabay, que se produjo en un momento crítico de Orizonia, que estaba sin liquidez, sin poder pagar a sus empleados y abocada al concurso de acreedores, según destaca la sentencia.

Los demandantes, representados por Eduardo Magri, sostuvieron que la venta de Luabay a Globalia supuso un claro perjuicio para la masa de acreedores de Orizonia. Según la parte demandante, las empresas que integraban la cadena Luabay "eran solventes en 2012 y nunca hubieran tenido que concursar (ser declaradas en concurso de acreedores)".

Magri en la vista oral acusó a Globalia de aprovecharse de los serios problemas financieros de Orizonia para comprar, "en un domingo" y "a un precio muy por debajo de su valor de mercado" los 11 hoteles, situados en Canarias y Balears.

El representante de la administración concursal acusó a la empresa de Hidalgo de adquirir la cadena "con mala fe".

Obtener liquidez

Por el contrario, los representantes de Globalia, Raimundo Zaforteza y José María Santos, defendieron que la compraventa de Luabay fue beneficiosa para Orizonia, porque le permitió obtener liquidez con la que afrontar su delicada situación que le impedía incluso pagar las nóminas de su plantilla. El juez asume esas tesis y destaca que la operación sobre Luabay no debe analizarse al margen de la oferta que Globalia lanzó sobre toda Orizonia y que se frustró y acabó desembocando en la declaración del concurso de acreedores de la segunda en abril del 2013. El magistrado analiza los informes periciales aportados por los demandantes para fundamentar sus pretensiones y los rechaza porque ha detectado algunos errores tanto en el método empleado como en las conclusiones. La sentencia, debido a la complejidad del caso, no se pronuncia sobre las costas.