El tribunal de la Sección Quinta de la Audiencia de Palma ha condenado a una sociedad que explota un restaurante, a que pague 50.186 euros a la empresa de energía Endesa. Una cantidad que responde a la energía consumida y no pagada, debido a que la empresa manipuló el contador de electricidad para limitar el coste del consumo. El tribunal modifica una sentencia anterior, que había limitado a un año de consumo el pago de la energía consumida en el local. La Audiencia, en cambio, amplía este periodo a cuatro años, porque entiende que la manipulación de un contador de energía representa un fraude.

La manipulación fue descubierta en el mes de julio de 2013. El fraude lo descubrió el encargado de la revisión de los contadores. Pudo comprobar como existía una alteración de dos de las tres fases del contador trifásico, lo que suponía que la lectura de energía que detectaba era entre un 75 a un 80% menos que el consumo correcto. Esta reducción del pago de energía se estaba produciendo, al menos, desde hacía unos cuatro años.

El tribunal no entra a valorar si fueron los responsables de este restaurante los que manipularon o no el contador de energía. Los jueces creen que es irrelevante señalar al autor, lo importante es que estos empresarios se beneficiaron económicamente de dicha manipulación.

Endesa, al descubrir esta irregularidad, procedió a la clausura inmediata del contador. El tribunal considera que esta situación está contemplada por la ley, por lo que aprueba la decisión adoptada por la empresa energética.

La sentencia señala que la empresa, al no poder precisar la energía exacta que se ha defraudado, sí puede realizar un cálculo de la electricidad que se hubiera facturado de no haberse producido la manipulación del contador.

La empresa, en ningún momento, ha cuestionado dicha manipulación. El único extremo por el que han tenido que pronunciarse los jueces es determinar el periodo de tiempo que puede exigir Endesa por la energía consumida y no abonada.