Luz verde en las islas a las gasolineras de bajo coste que han reducido los precios del combustible en la península. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears declara nulo un artículo clave de la normativa autonómica de derechos del consumidor, el número 7, que exige que haya como mínimo un trabajador activo durante el horario de apertura de cada gasolinera.

Ese requisito, defendido por la patronal balear que agrupa a las gasolineras tradicionales, ralentizó durante los dos últimos años las inversiones de empresas dedicadas al negocio low cost. Fue incorporado al marco legal a través de un decreto del Govern Bauzá, que firmó la orden el 8 de mayo de 2015, cuando ya estaba en funciones y en plena campaña electoral. La derrota en las urnas dos semanas después del expresident del PP y de Balears no significó el final de la normativa, recurrida inmediatamente por los operadores de estaciones de servicio low cost, pero defendida hasta la fecha por el Govern del Pacto, presidido desde julio de 2015 por Francina Armengol (PSIB-PSOE).

Ahora el Tribunal Superior da la razón a las empresas de gasolina barata demandantes (Low Cost Menorca S.L. y Autonet Baleares S.L.). La sentencia, fechada el día 31 de enero y firmada por el presidente de la Sala de lo Contencioso, Gabriel Fiol, y los magistrados Pablo Delfont y Carmen Frigola, recalca que las competencias a la hora de regular el suministro de hidrocarburos corresponden al Estado y recuerda que el decreto de 2015 contraviene un marco legal que ha posibilitado la apertura de cientos de surtidores de bajo coste en todo el Estado.

La normativa estatal autoriza tres tipos de gasolineras, explica la sentencia: las tradicionales (con operarios), las de autoservicio desatendidas (sin trabajadores) y las de autoservicio atendidas. El artículo 7 del decreto de Bauzá, con su exigencia de que al menos haya un empleado, imposibilita de facto que en las islas se abran estaciones de servicio sin trabajadores, las del modelo low cost. Por ello el Tribunal anula ese artículo, en una sentencia contra la que cabe recurso.

Precios inflados

Los magistrados sostienen que el decreto balear impide el ejercicio de la libre competencia, aunque explican que son conscientes de que tras esta pugna se ocultan otros intereses "diversos y legítimos", como "la posible pérdida de numerosos puestos de trabajo" y "el abaratamiento del producto por los menores costes de personal". La Sala de lo Contencioso analiza finalmente el argumento principal para exigir personal en las gasolineras: según el Govern, la presencia de trabajadores garantiza la seguridad del consumidor. Pero no lo ve así la sala: "El cliente de esas estaciones desatendidas acepta de antemano el hecho de que no existe empleado alguno en las instalaciones (...). El consumidor sabe que el combustible se lo expedirá una máquina y que el proceso está automatizado. Acepta esas condiciones, asume esos riesgos y se aprovecha de las ventajas de la ausencia de personal, que obviamente es un menor precio del combustible". Los magistrados añaden que la legislación aprobada por el Govern Bauzá y defendida ahora por el de Francina Armengol supone "una exagerada y garantista regulación de consumo, que obstaculiza la dinamización del mercado y redunda en perjuicio del consumidor".

El Tribunal Superior se alinea así con lo defendido tanto por la Comisión de la Competencia, como por las empresas de combustible low cost, que el año pasado denunciaron las anomalías del mercado de hidrocarburos de Balears, que son importantes: las islas son a la vez la región europea con el precio más caro antes de impuestos del combustible y la comunidad española donde más cuesta la gasolina, que llega a ser hasta 27 céntimos por litro más onerosa. Al menos hasta ahora, cuando las gasolineras sin operarios tienen luz verde también en Balears.