Una juez de Palma, en un pleito sobre las medidas de un matrimonio divorciado, ha adoptado una decisión poco común. La mujer, que venía disfrutando desde hacia años de la casa donde estuvo conviviendo con su exmarido, y en la que reside con sus dos hijos, tendrá que abandonar la vivienda. Y todo ello debido a que en la actualidad está conviviendo en esta vivienda con quien es su actual pareja. Tendrá nueve meses para dejar la casa y la juez aconseja al matrimonio que para resolver el conflicto que arrastra esta vivienda, lo mejor sería que la expareja se pusiera de acuerdo para venderla.

El matrimonio, según explica la sentencia del juzgado de primera instancia de Palma, se separó a principios del año 2011. El acuerdo que adoptó la pareja es que la mujer se haría cargo de la custodia de los hijos, continuaría viviendo en el inmueble y, mientras tanto, el marido le pagaría cada mes una manutención de 600 euros por los menores, así como la mitad de los gastos extraordinarios. Pero además de todas estas cargas económicas, el hombre tenía que continuar pagando la mitad de la cuota de la hipoteca.

El marido acudió a los tribunales y a través del abogado Andrés Buades de Armenteras solicitó una modificación de las medidas que en su momento se adoptaron. Pedía una reducción de la pensión de alimentos, así como que se dejara sin efecto el uso y disfrute del que fue la vivienda familiar a su ex mujer. Si no se aceptaba esta petición, el hombre se conformaba con que la juez ordenara a su exesposa que se hiciera cargo de la totalidad de la hipoteca.

La mujer, en el juicio que se celebró, reconoció a la juez que desde hacía más de un año estaba conviviendo con su actual pareja en la casa que antes había compartido con su esposo, que seguía pagando la mitad de la hipoteca. La juez interpreta que la mujer ha abusado del derecho de uso que en su momento fue concedido como progenitora custodia. Y ha abusado de dicho derecho al consentir "que en la vivienda familiar resida su actual pareja sentimental, sin el consentimiento expreso" de su exmarido, sin ofrecerle a cambio ningún tipo de indemnización. Ante estas circunstancias, que en el momento de firmar el divorcio ni siquiera se planteaban, la juez considera que la mujer debe abandonar la vivienda familiar, "en la medida que la introducción de un nuevo conviviente en dicha vivienda ha desnaturalizado o desafectado dicha vivienda de la familia inicialmente formada por madre e hijos, al haber conformado un nuevo núcleo familiar que ya no justifica la inicial atribución del inmueble".

No se olvida la juez que los niños siguen necesitando una casa, por lo que autoriza a la mujer a seguir ocupando el inmueble durante nueve meses, que es un plazo que le permite encontrar una nueva vivienda. La magistrada aconseja a los padres de los menores que lo mejor es que vendan este inmueble.