El juez Juan Manuel Sobrino, titular del juzgado de instrucción número 1 de Palma, propone que 84 controladores aéreos de Balears sean juzgados por un delito de sedición, es decir, por rebelarse contra el Estado, por organizar la huelga encubierta que llevaron a cabo hace seis años y que provocó que miles de personas no pudieran volar al quedar cerrado el espacio aéreo. Este delito, que pocas veces se ha aplicado en España, contempla penas de hasta ocho años de prisión, pero en el caso de los controladores, además, se añade que estos trabajadores públicos se enfrentan a millonarias indemnizaciones, como consecuencias de las pérdidas, calculadas en miles de euros, que provocaron por esta movilización laboral ilegal.

Esta situación, que obligó incluso al Gobierno a militarizar este servicio público, se perpetró durante el puente de la Constitución del año 2010. No fue un acto casual, sino que coincidió con una situación de gran conflictividad laboral que mantenían estos trabajadores con la empresa pública AENA. El foco de la disputa entre ambas partes se centraba en determinar las horas que debían integrar la jornada laboral anual, así como las horas extraordinarias y los tiempos de descanso de este colectivo.

La negociación de los controladores se realizaba a través de los representantes de su sindicato, denominado USCA. Antes de alcanzar un acuerdo, el Gobierno aprobó un Real Decreto que, deforma unilateral, estableció la nueva normativa sobre el número de horas. Los afectados interpretaron que la norma perjudicaba gravemente sus condiciones laborales y llegaron a la conclusión de que trabajaban más horas de las que les correspondían.

Días antes del puente de diciembre se celebraron varias asambleas en un hotel de Palma, con la presencia de la mayor parte del colectivo. Y fue en estas reuniones, según concluye el juez, cuando se acordó adoptar una posición de presión hacia AENA y, por tanto, también hacia el Gobierno. La decisión fue paralizar el tráfico aéreo, aunque ello supuso que miles de personas, que habían previsto un viaje en estas fechas del puente, se vieran obligados a quedarse en tierra.

Así, siguiendo el plan acordado, los controladores fueron levantándose paulatinamente de sus mesas de trabajo inventándose una repentina enfermedad. La mayoría alegó estrés o ansiedad, para justificar que no estaban en condiciones de seguir trabajando. El colectivo no había convocado ninguna huelga oficial. Sin embargo, esta movilización colectiva provocó que el espacio aéreo se quedara sin personal para su control. Esta situación se repitió en todos los aeropuertos del país, pero fue especialmente grave en el de Mallorca. Ante la falta de controladores aéreos, el Gobierno no tuvo más remedio que suspender el espacio aéreo, es decir, prohibir la salida y la llegada de los aviones, y al mismo tiempo militarizar el servicio. La Guardia Civil ocupó las torres de control hasta que la situación se normalizó. Los trabajadores optaron por ir regresando a sus respectivos puestos, sin que ninguno de ellos volviera a alegar más que no estaba en condiciones de salud para continuar trabajando.

El juez Sobrino tiene muy claro que el caos general que provocó esta reacción de los controladores no puede ser tratado como un simple conflicto laboral, como pretenden los controladores, ya que así no tendrían que asumir ninguna responsabilidad penal. Al contrario, el magistrado ha analizado las conversaciones que mantuvieron los trabajadores de las torres, que denotan que fue una acción premeditada y coordinada y, por tanto, esta repentina enfermedad que alegaron para justificar que abandonaran sus puestos de control fue ficticia. Ante esta situación el juez tiene muy claro que la movilización del colectivo fue ilegal y, por tanto, estos trabajadores deben responder de un delito.

El magistrado ha analizado cúal debe ser el delito que se debe imputar, de forma individual, a cada uno de los 84 trabajadores de las torres de control de Balears. Ha valorado entre acusar de sedición o de un delito de abandono del servicio público, y finalmente se decanta por el primero de ellos, que contempla penas mucho más graves. El juez cree que el hecho de que estos trabajadores iniciaran, "instigados por los representantes sindicales", una "huelga salvaje encubierta", eligiendo además los días que podían ocasionar más perjuicios al tráfico aéreo, debe situase dentro del delito de sedición. Fue un método, según resalta el juez, que a través de la fuerza y por métodos ilegales, se pretendió presionar al Gobierno para conseguir unas mejores condiciones laborales, sin tener en cuenta el grave perjuicio que podían ocasionar a los miles de pasajeros que se vieron afectados por esta movilización.

Cabe recordar que el mismo juzgado, aunque con otro juez, decretó anteriormente el archivo del caso al entender que no hubo delito en la movilización de los controladores. Este mismo criterio se ha seguido en varios juzgados del país, ya que se abrieron numerosas diligencias, la mayoría de ellas ya archivadas. Sin embargo, la fiscalía de Palma recurrió el archivo y la Audiencia le dio la razón. El caso se reabrió de nuevo y ahora el juez concluye que los 84 controladores de Balears han podido cometer una sedición.