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Tribunales

El Estado pagará 277.000 euros a una empresa por cobrarle el céntimo sanitario

Una empresa de autobuses mallorquina gana una demanda contra el Gobierno central por los daños sufridos por el impuesto que anuló Europa

El céntimo sanitario se recaudaba en las gasolineras. B.Ramon

El Estado central deberá indemnizar con 277.000 euros a la empresa de autobuses Transunión Mallorca por los daños y perjuicios que le causó el pago del céntimo sanitario, un impuesto que se implantó en España en 2002 sobre la gasolina y el gasóleo, estuvo en vigor más de diez años, y que fue tumbado en febrero del 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

La compañía mallorquina es uno de los millones de afectados por este impuesto, que fue declarado contrario a las normas europeas, y que decidió llegar hasta el final en su reclamación contra el Estado.

Transunión intentó que la Administración Central le compensara con 277.000 euros en vía administrativa por los perjuicios emanados del abolido impuesto. La compañía apoyaba su reclamación en la sentencia del TJUE que condenó a España por empecinarse en implantar ese impuesto especial sobre hidrocarburos que vulneraba las normas comunitarias respecto al destino de los fondos recaudados.

El Consejo de Ministros del 27 de febrero del año pasado decidió de una tacada rechazar en bloque numerosas reclamaciones, entre ellas la de la conocida empresa de transportes mallorquina. Transunión optó por acudir a los tribunales y ahora la Audiencia Nacional le ha dado la razón, al igual que a otros contribuyentes en su misma situación. El Tribunal Supremo también ha estimado otras reclamaciones similares.

El céntimo sanitario entró en vigor en 2002, su nombre oficial era impuesto sobre las ventas minoritarias de determinados hidrocarburos y estuvo en vigor hasta 2013.

Según explica el tribunal, su finalidad aparente era recaudar dinero para garantizar la protección de la salud y el medioambiente, pero en la realidad fue un instrumento para financiar a las Comunidades Autónomas con un nuevo impuesto indirecto.

Precisamente fue el destino inconcreto del dinero lo que llevó al TJUE a anular el céntimo sanitario. "El impuesto ha de tener un objeto, por sí mismo, que no sea financiar una transferencia del Estado a las Comunidades Autónomas (la de sanidad o medio ambiente), como aquí, sucedió. Es preciso que los rendimientos del impuesto se destinaran a garantizar la protección de la salud y del medio ambiente para disminuir los costes sociales y medioambientales ocasionados o vinculados, específicamente, al consumo de los hidrocarburos gravados".

El céntimo sanitario fue cuestionado en numerosas ocasiones por los contribuyentes, pero varios Tribunales Superiores de Justicia y hasta el Tribunal Constitucional fallaron a favor del mismo.

La Audiencia Nacional declara que Transunión sufrió un daño de carácter económico que fue antijurídico.

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