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Reglamento centros de juego

Baleares podrá disponer de una casa de apuestas cada 250 metros

Los centros de juego de las islas deberán estar alejados al menos 100 metros de colegios y zonas de ocio infantil - Están obligados a disponer de una superficie mínima de 50 metros cuadrados, y podrán dedicar a bar un máximo del 30% del espacio

Los salones de juego reconocen su interés en implantar las apuestas.

­Baleares podrá disponer de una casa de apuestas cada 250 metros, con la única excepción del municipio de Palma, donde la distancia mínima que debe separar cada uno de estos centros de juego deberá ser de 500 metros. Además, tendrán que estar separadas al menos 100 metros de cualquier centro escolar o zona de ocio infantil, y contar con controles para evitar el acceso a menores de edad. Estas condiciones aparecen en el último borrador del reglamento de apuestas, que actualmente está elaborando la conselleria de Trabajo y Comercio, y que ha sido presentado a la comisión de la que forman parte tanto la Administración autonómica como los empresarios del sector.

Aunque no se descarta que el contenido del documento pueda registrar todavía algunas modificaciones puntuales, se señala que no se esperan muchas más demoras para una normativa que finalmente se va a aprobar más tarde de lo previsto por la Conselleria. La directora general de Comercio y Empresas, Pilar Sansó, había anunciado que la elaboración de este reglamento iba a ser "prioritaria" y su aprobación se iba a producir durante el primer semestre de este año, plazo que ya se ha visto superado sin que de momento haya salido a información pública. Eso convierte a Balears y a Andalucía en las autonomías más retrasadas en esta materia.

Pero el citado borrador marca ya las principales características que van a tener las casas de apuestas en las islas, y entre ellas la exigencia de que la distancia mínima que tiene que haber entre unas y otras sea de 250 metros, que se eleva a los 500 metros en Palma. Hay que recordar que el sector del juego pronostica que la implantación más intensa de este tipo de establecimientos se va a dar en las zonas turísticas, y más concretamente en las de mayoría británica, como Palmanova-Magaluf o Pollença, por tratarse de la nacionalidad con una mayor tradición de apuestas deportivas.

El reglamento incorpora medidas para evitar el acceso de niños, como que ninguno de estos locales podrá abrirse a menos de 100 metros de centros escolares o de zonas de ocio infantil (como espacios recreativos en los parques públicos). Todos ellos deberán incorporar además controles en los accesos para asegurar que no entran menores de edad o personas incapacitadas legalmente para jugar. Se destaca que tampoco podrán participar los jugadores, entrenadores o árbitros que participen en el acontecimiento sobre el que se apuesta.

Podrán tener bar

La implantación de la ofertas de apuestas se podrá realizar en los casinos, bingos y salas de juego ya existentes en Balears, y además podrán crearse establecimientos especializados en esta materia, pero no se permitirá esta oferta en locales de restauración, ni en hoteles. Sin embargo, los negocios específicos de apuestas sí podrán contar con un servicio de bar-cafetería, pero el espacio que éste ocupe no podrá superar el 30% de la zona dedicada a las apuestas y deberá estar claramente acotado.

Si las apuestas se implantan en un casino, bingo o salón de juego, el espacio dedicado a éstas no podrá superar el 50% de la superficie dedicada a juego en sentido estricto, para no distorsionar así la actividad principal.

Requisitos mínimos

La superficie mínima de estos establecimientos será de 50 metros cuadrados útiles, y el número máximo de terminales desde las que realizar las apuestas es una por cada tres metros cuadrados. En su interior, los negocios deberán disponer de pantallas o paneles electrónicos que permitan conocer el estado de las apuestas y hacer un seguimiento de los acontecimientos, como podría ser un partido de fútbol.

Las apuestas permitidas serán simples, es decir, aquellas que se hacen sobre un único resultado de un único acontecimiento, y las combinadas o múltiples, en las que pueden entrar varios resultados o varios acontecimientos. Para las primeras, el valor mínimo de la apuesta será de un euro, y en las segundas de 10 céntimos.

Las empresas de juego deberán contar con un capital social mínimo de 500.000 euros, y los titulares de las autorizaciones para organizar y explotar las apuestas deberán formalizar una fianza de un millón de euros para garantizar el pago de los premios. Si se opta por un seguro de caución, la fianza será de 500.000 euros.

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