"No consideramos que estemos obligados a prolongar la vida laboral hasta los setenta años a todo el mundo que así lo solicite", señaló ayer Guadalupe Pulido, directora general de Recursos Humanos del Servei de Salut en respuesta a la sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada ayer en exclusiva por DIARIO de MALLORCA, que ha fallado que, en ausencia de un Plan de Ordenación de Recursos Humanos (PORH), el Servei de Salut debe prorrogar la vida laboral a todo trabajador que así lo reclame.

Este fue el caso de un facultativo que lo pidió en 2013, cuando estaba próximo a cumplir los 65, y al que el Servei de Salut se lo denegó. Tras recurrir infructuosamente ante el TSJB, apeló ante el Supremo que finalmente le dio la razón. "Esta persona, si todavía lo quiere así, deberá ser readmitida en su antiguo puesto de trabajo. Y deberá ser indemnizada abonándole la diferencia entre su pensión de jubilación y lo que percibía cuando estaba en activo", corroboró Pulido la información de este rotativo.

Sí encontró la responsable de los recursos humanos del Servei de Salut una "incongruencia cronológica" en la sentencia del alto tribunal que, aseguró, pondrá en conocimiento de sus servicios jurídicos. "Cuando el médico solicitó jubilarse sí había en vigor un PORH. Lo hizo en 2013 y estaba en vigor el plan de 2012 que finalmente fue anulado por los tribunales en diciembre de 2014", explicó.

Pulido auguró que todos los médicos que estén próximos a jubilarse y estén interesados en alargar su vida laboral les solicitarán hacerlo tras la publicación de esta sentencia, pero reiteró que "no consideramos que estemos obligados a hacerlo con todo el mundo", concluyó la responsable de personal añadiendo que están ultimando la elaboración de un nuevo PORH que, aseguró, "será más global y contemplará otros aspectos como concursos de traslados, movilidad y formación".