Un juez de Palma ha responsabilizado a un ejecutivo de la desaparecida caja de ahorros Sa Nostra por las pérdidas ocasionadas a la entidad financiera, 34,2 millones de euros, por una frustrada operación inmobiliaria en Estados Unidos. El exconsejero delegado de Invernostra, la empresa inmobiliaria vinculada a la caja de ahorros, tendrá que afrontar estas pérdidas con su propio patrimonio. La actual directiva del Banco Mare Nostrum, BMN, que absorbió a Sa Nostra, llevó a los tribunales esta operación ,por la que se pretendía financiar la compra de dos solares en Miami y Las Vegas para levantar siete torres de viviendas.

La operación se frustró porque en realidad la caja de ahorros de Balears no financiaba la compra del solar. Prestó dinero a una sociedad que solo contaba con una opción de compra sobre este terreno. La inversión se perdió porque la empresa no pudo hacer frente a la totalidad del precio de la compra, por falta de fondos.

El impulsor de esta operación fue Rafael Oliver, máximo responsable de Invernostra. BMN también responsabilizó del fracaso al que fuera director general de la caja de ahorros, Pere Batle, pero el juez le exculpa por prescripción, lo que ha evitado que se entrara en el fondo por su intervención en esta operación, que aprobó como máximo responsable de Sa Nostra. Se le exculpa porque ya se habían cumplido cuatro años desde la dimisión de Batle a la presentación de la demanda. Este plazo supera el periodo de prescripción.

El juez se ha pronunciado sobre la denominada operación Brickell, la inversión de mayor calado que llevó a cabo la entidad Sa Nostra. Una operación que no se realizó en Balears, sino en el extranjero, en concreto en EE UU y en plena crisis del sector inmobiliario. Invernostra aprobó, con el apoyo del Consejo de Administración de la caja de ahorros, un préstamo de 50 millones de dólares por la compra de estos solares, donde existía un proyecto para levantar siete torres de pisos y locales comerciales. El magistrado acusa al directivo de Sa Nostra de haber actuado con negligencia, por cuanto no se preocupó por realizar las comprobaciones habituales que conllevan este tipo de operaciones inmobiliarias. Por ejemplo, no se comprobó la capacidad financiera ni solvencia de los empresarios, ni de qué patrimonio disponían para avalar el préstamo. Como tampoco se comprobó la situación del solar y sus características urbanísticas. Tampoco se sabía si los inversores disponían de recursos económicos suficientes para realizar la obra, calculada en más de 1.500 millones de euros.

El proyectó fracasó porque existía una cláusula en el contrato que señalaba que si no se pagaba la totalidad del precio del solar, el dinero adelantado se perdía. En el momento de hacer frente a la operación de compra no se disponía de fondos, por lo que el banco perdió los 50 millones.