Tres años después, el pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado en su práctica totalidad el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PSOE contra el decreto balear para la aplicación del Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) en el curso 2013-2014 aprobado en su momento por el Govern de José Ramón Bauzá.

En una sentencia, el tribunal de garantías considera que el Govern acreditó la situación de extraordinaria y urgente necesidad que justificaba la aprobación de esa medida a través de un decreto ley, que Bauzá aprobó a menos de una semana de que empezase el curso para garantizar la aplicación de su proyecto trilingüista. El Govern adoptó esta decisión horas después de saber que el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) suspendía cautelarmente el calendario de aplicación.

El decreto ley que aprobó el Govern del PP fue duramente criticado y sirvió para avivar más los ánimos ante la huelga educativa, que se alargó tres semanas, y la protesta de buena parte de la sociedad civil, que cristalizó en la masiva manifestación del 29 de septiembre.

El Constitucional argumenta en su sentencia que había una "justificación razonable" para aprobar ese decreto ley, una medida que la Sala considera "idónea" que permitió que los alumnos se incorporaran a las aulas con normalidad el 13 de septiembre de 2013.

El TC cree que el decreto no regulaba elementos esenciales del derecho a la educación, pues la aprobación de un calendario que se limita a decir en qué cursos de Infantil, Primaria y Secundaria obligatoria han de aplicarse los proyectos del TIL - "cuya constitucionalidad no se cuestiona"- se sitúa "en el ámbito meramente procedimental, pero no afecta al contenido material del proyecto educativo".

El Tribunal sí admite el recurso que presentó el grupo socialista en el Senado, y por ello anula por inconstitucionales dos artículos (el 4 y el 5) y la disposición adicional última del decreto ley, pues su contenido no justifica las razones de urgencia. Estos artículos se referían a otros posibles proyectos lingüísticos que incluyeran una distribución horaria diferente a la prevista en el decreto original así como a los "proyectos transitorios" que se debían aplicar en los centros que no tuvieran uno aprobado. La disposición adicional última establecía que durant el curso2013-2014 "los proyectos del TIL no podían incluir dentro del cómputo horario las horas dedicadas al tiempo de recreo; de igual manera ni el área de Religión ni de actividad alternativa se podrán impartir en lengua extranjera".

El PSOE registró en Madrid el recurso de inconstitucionalidad contra el TIL el 4 de diciembre de 2013, en presencia de la entonces la líder de la oposición y hoy presidenta, Francina Armengol.

Cabe recordar, que un año después, y también en pleno inicio escolar -el 23 de septiembre de 2014- el TSJB declaró nulo el decreto que regulaba la aplicación del trilingüismo en las aulas al haberse aprobado sin consultar a la Universitat, órgano de referencia en cuestiones lingüísticas cuyo informe es preceptivo ante cualquier norma que afecte al catalán.

El mismo día , el Govern anunció que recurriría dicha sentencia y que el TIL se aplicaría con normalidad durante el curso escolar en marcha. Poco después, el Tribunal confirmó la suspensión cautelar de la orden del TIL, lo que se tradujo en muchos centros en la recuperación de sus proyectos antiguos. La consellera Joana Maria Camps fue sustituida por Núria Riera.