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Tribunales

Piden prisión para la gerente de una empresa por represalias a sindicalistas

La acusada habría suspendido el contrato de dos afiliadas para que no se presentaran a las elecciones

Las afectadas trabajaban para una subcontrata de limpieza del hospital Son Llàtzer. B. Ramon

La fiscalía pide once meses de prisión y una multa de 2.700 euros para la gerente de una subcontrata de Son Llàtzer por llevar a cabo varias maniobras para evitar que dos sindicalistas se presentaran a las elecciones al comité de empresa. Una de las empleadas fue trasladada a un centro de trabajo diferente y a la otra se le suspendió el contrato de trabajo durante un año y medio, alegando en ambos casos razones económicas. El fiscal imputa a la procesada un delito de limitación del ejercicio de libertad sindical.

Los hechos se remontan al año 2012. Las perjudicadas eran representantes de la Confederación General del Trabajo (CGT) y trabajaban para la empresa adjudicataria del servicio de limpieza en el hospital Son Llàtzer, que iba a celebrar elecciones sindicales. La fiscalía relata que la empresa no entregó el censo electoral a una de las sindicalistas, pese a los requerimientos de la propia trabajadora y que un laudo arbitral así lo acordó. Estas supuestas irregularidades llevaron a la CGT a presentar una demanda ante los juzgados de lo social.

Según el ministerio público, la gerente de la empresa llevó a cabo una serie de maniobras para impedir que las dos sindicalistas pudieran ejercer sus funciones sindicales y presentarse a las elecciones, como habían anunciado. La acusada decidió trasladar a una de las denunciantes a la Casa del Mar -otro centro de trabajo en el que la empresa tenía la concesión de los servicios de limpieza-, y suspendió el contrato a la otra sindicalista por un periodo de 18 meses. Para justificar estas decisiones, la gerente se basó en el cierre temporal de una unidad de hospitalización de Son Llàtzer, lo que suponía una reducción de 4.581 euros en los ingresos mensuales. La fiscalía relata que al comunicar estas decisiones al comité de empresa no se hizo constar ninguna razón objetiva. El traslado de la trabajadora a la Casa del Mar fue suspendido cautelarmente por un juzgado de lo social al apreciar indicios de que se estaba vulnerando el derecho de libertad sindical. La empleada se reincorporó a su puesto en Son Llàtzer, pero unas semanas después se le suspendió el contrato durante un año y medio. La gerente ocultó la resolución judicial al comité de empresa, que aprobó la medida, y solo justificó su decisión en la oposición de la trabajadora al traslado. Esta misma razón es la que dio ante la dirección general de Trabajo y Salud Social, que emitió un informe favorable para la suspensión del contrato de las dos trabajadoras en junio de 2012.

Delito contra la libertad sindical

El fiscal, en su escrito de conclusiones provisionales, considera que estos hechos constituyen un delito de limitación del ejercicio de libertad sindical. La acusación pública reclama once meses de cárcel para la gerente de la empresa y una multa de 2.700 euros.

La empresa fue condenada en 2013 por un juzgado de lo social de Palma por bloquear durante más de un año las elecciones sindicales. El magistrado consideró que se trataba de un “abuso de derecho muy grave e inadmisible” y condenó a la empresa a indemnizar con 5.000 euros a UGT.

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