Los nueve magistrados que componen las tres salas civiles de la Audiencia de Palma han acordado, tras convocar un pleno, que la cláusula de vencimiento anticipado de las hipotecas, no es abusiva. Esta decisión se explica a través de un auto que detalla los argumentos que alcanzan los magistrados, para adoptar una decisión conjunta sobre este asunto. El ponente es el juez Carlos Gómez, si bien la magistrada Catalina Moragues ha dictado un voto particular al no opinar lo mismo que sus compañeros sobre esta cuestión, porque entiende que dicha cláusula de vencimiento anticipado de las hipotecas es una condición abusiva y por tanto ilegal. Sin embargo, este voto particular es casi anecdótico, pues ha pesado más la opinión de la mayoría de jueces que validan dicha cláusula.

Los bancos aplican dicha cláusula cuando se ha dejado de pagar alguna cuota del préstamo hipotecario. La resolución de la Audiencia de Palma explica que el deudor puede evitar que se aplique esta cláusula de vencimiento anticipado, para salvar su vivienda habitual, pagando únicamente las cuotas que han vencido y no el resto del préstamo, "lo que excluye toda sombra de abusividad de la cláusula". Este criterio uniforme se aplicará en las tres salas civiles de la Audiencia.