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Tribunales

Deniegan la incapacidad a un albañil afectado por el virus VIH

Los jueces concluyen que la enfermedad se mantiene estable gracias al tratamiento con antirretrovirales y puede seguir trabajando

La sentencia la ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Balears.

Una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Balears, a través de la Sala Social, descarta la posibilidad de conceder la total incapacidad a un peón de la construcción que, entre otras dolencias médicas, padece de inmunodeficiencia por el virus VIH.

Este hombre, que en la actualidad cuenta con 44 años de edad, presentó ante la Dirección Provincial de la Seguridad Social en Baleares una demanda administrativa, reclamando que se le reconociera una situación de incapacidad permanente. Es decir, entendía que no estaba en condiciones para seguir trabajando debido a las dolencias crónicas que sufría. Durante la tramitación de esta demanda se tuvo que realizar un informe para valorar su situación médica, que elaboró un forense. El médico determinó que sufría una enfermedad crónica de asma, que precisaba una constante medicación, que le suponía limitaciones orgánicas y funcionales. Esta enfermedad crónica la atacaba con un tratamiento de broncodilatadores, que en ocasiones no han sido suficientes. También ha precisado tomar antibióticos y corticoides. En ningún caso ha necesitado ingresar en un hospital. La atención es siempre ambulatoria.

Sobre el otro virus crónico que también sufre, es decir, el VIH, el informe determinaba que estaba en tratamiento con medicamentos antirretrovirales. Gracias a ello, su situación era estable. La enfermedad no se había desarrollado y tampoco precisaba ingresos hospitalarios como consecuencia de esta dolencia.

La conselleria de Bienestar Social le reconoció a este hombre un grado de discapacidad del 43%. El albañil, no conforme con esta decisión, presentó una demanda en los juzgados sociales para obtener la incapacidad permanente. Sin embargo, los jueces han decidido denegar esta demanda. Entienden que el hombre, cuyo último empleo fue de jardinero, puede continuar trabajando, aunque sea con una cierta incapacidad. "El cuadro de VIH está controlado", recuerda la sentencia, así como su enfermedad de asma bronquial, pese a que en ocasiones puede sufrir algún brote que precisa un ajuste en su medicación. Esta situación médica no tiene ninguna repercusión funcional en la capacidad de este obrero para continuar trabajando. Sin embargo, el tribunal abre la posibilidad de volver a valorar la situación, ya que todo depende de la evolución que puedan sufrir las dos enfermedades crónicas que sufre.

Con esta decisión de la Sala, al trabajador únicamente se le reconoce una discapacidad del 43 por ciento, pero no la permanente, como reclamaba. En el caso de que se le hubiera aceptado la demanda, el trabajador habría cobrado una pensión, en base a su última base reguladora, que era de unos 1.000 euros.

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