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Derechos civiles

Multas de hasta 6.486 euros en la ley del Govern contra la homofobia

El borrador del texto sobre derechos LGTBI que preparan PSOE y Més contempla distintos grados de infracción, que el acusado tenga que demostrar su inocencia y la atención sanitaria integral a transexuales

El borrador de proposición de ley que preparan PSOE y Més, junto a Ben Amics, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales y erradicar la homofobia, incluye multas por un importe equivalente al salario mínimo interprofesional (648,6 euros) correspondiente a entre de entre siete días y diez meses, por lo que la sanción económica máxima se situaría en los 6.486 euros para las infracciones por discriminación de carácter más grave. Además, salvo en el caso de las infracciones leves, a la multa se añadirá la prohibición de recibir ayudas o subvenciones públicas y contratar con la administración balear por un período máximo de dos años en el caso de infracciones graves y de cinco años en las muy graves.

El texto aún está en fase de revisión, aunque sus aspectos más relevantes se ciñen a la propuesta que Ben Amics, asociación LGTBI balear, lanzó antes de las elecciones y que PSOE y Més se comprometieron a impulsar. Podemos, El Pi y Ciudadanos mostraron su apoyo, cada uno planteando distintos matices, y el PP fue el único partido que no contestó.

El borrador establece distintos grados de infracciones según la gravedad de la discriminación y es de aplicación para particulares, empresas públicas y privadas y administraciones. Cuando el órgano de la administración balear considere que una infracción puede ser constitutiva de delito o falta, deberá comunicarlo a Fiscalía o a los tribunales y suspender el procedimiento sancionador hasta que la Justicia se pronuncie, continuándolo si Fiscalía o el juez no ven la existencia de delito.

El borrador mantiene la "inversión de la carga de la prueba", es decir, que cuando alguien alegue discriminación por razón de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, aportando indicios fundamentados, debe ser el denunciado el que demuestre que no es culpable.

En el caso de que no sean delito, y pasen por lo tanto al ámbito judicial, se considerarán infracciones leves las expresiones vejatorias contra las personas y sus familias por causa de la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género, así como expresiones vejatorias de homofobia en los medios de comunicación, discursos e intervenciones públicas, así como comportamientos que supongan rechazo o menosprecio público.

Serán infracciones graves las expresiones vejatorias que inciten a ejercer la violencia contra el colectivo LGTBI (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales) y sus familias o destruir sus propiedades, impedirles la realización de un trámite o el acceso a un servicio público o establecimiento y emitir intencionada o reiteradamente expresiones vejatorias que inciten a la violencia en los medios de comunicación, discursos e intervenciones públicas. El comportamiento agresivo o convocar y dar apoyo a espectáculos públicos o actividades recreativas que inciten al odio, la violencia o la discriminación de las personas LGTBI se considerarán infracciones muy graves.

El borrador contempla un apartado específico para el ejercicio del derecho de admisión, que no podrá comportar discriminación por motivos de orientación sexual. Los titulares de establecimientos y los organizadores de espectáculos y actividades recreativas deberán impedir el acceso o expulsar, si es necesario con el apoyo de la policía, a quienes violenten de palabra o de hecho a personas LGTBI o que lleven símbolos, indumentaria o objetos que inciten a la violencia, discriminación o a la homofobia,

Además, se destaca como ámbitos de intervención, entre otros, el de la educación, donde se deberá aplicar "el principio de coeducación", potenciando la "igualdad real" y la eliminación de cualquier tipo de discriminación. Entre otras medidas, el borrador contempla que los materiales escolares y el lenguaje que se emplee deberá tener en cuenta la diversidad en lo que se refiere a la orientación sexual. En el ámbito de la salud contempla que el sistema sanitario balear debe incorporar la perspectiva de género y tener en cuenta las necesidades específicas de las personas LGTBI, entre ellas la atención integral sanitaria a los transexuales.

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