La dirección general de la Guardia Civil sancionó, con tres meses y un día de suspensión de empleo, a un agente que se apoderó de un pen drive olvidado por un pasajero mallorquín en un control aeropuertario. El propietario de la memoria informática es un abogado palmesano que pudo recuperarla tras devolverla el expedientado.

Los hechos ocurrieron el 3 de enero del 2011, cuando un jurista mallorquín se disponía a embarcar en el aeropuerto de Bilbao, rumbo a Palma. Cuando el viajero pasaba el control de seguridad, dejó olvidado en dicho filtro un llavero con cinco llaves y un pen drive con archivos profesionales y personales.

Los vigilantes de seguridad y los guardias civiles encargados del filtro se apercibieron de la presencia del llavero abandonado. Un cabo primera de la Guardia Civil cogió el objeto y lo depositó "entre el cuadro de mandos y el monitor de rayos X", lugar del que el llavero desapareció al cabo de unos minutos.

Denuncia en Palma

El abogado, al llegar a su destino, se dio cuenta de la pérdida del llavero y se puso en contacto con la oficina de objetos perdidos del aeropuerto bilbaíno. Esas gestiones permitieron localizar las llaves, pero no así la memoria informática.

El viajero denunció el extravío del pen en las dependencias de la Guardia Civil de Son Sant Joan.

Las pesquisas permitieron descubrir que el guardia expedientado se había guardado la memoria en el bolsillo de la camisa. Un teniente del aeropuerto bilbaíno se puso en contactó con el agente y éste devolvió el objeto al saber que su dueño lo estaba buscando. La memoria fue reintegrada al letrado palmesano.

Falta muy grave

El agente fue expedientado y declarado culpable de una falta muy grave por "abuso de atribuciones que cause grave daño a los ciudadanos, a entidades con personalidad jurídica, a los subordinados o a la Administración".

La dirección general de la Guardia Civil culminó el expediente con la sanción de tres meses y un día de suspensión en el empleo para el número, que impugnó ese castigo ante Defensa.

El ministro de Defensa, en abril del 2012, confirmó la medida disciplinaria contra el agente, que recurrió, en primera instancia, ante el Tribunal Central Militar.

Dicho tribunal dictó, en junio del año pasado, una primera sentencia confirmando la adecuación a derecho del castigo. Por segunda vez el afectado apeló la sentencia ante la sala de lo militar del Tribunal Supremo, que ha confirmado en todos sus extremos la decisión de la dirección general de la Guardia Civil.

El recurrente alegó que no se había respetado su presunción de inocencia, dado que no existían pruebas de que él se apropiara del dispositivo informático.

El Supremo rechaza ese argumento y recuerda que dos cabos primera, un teniente y otro número de la Guardia Civil confirmaron los hechos probados. Además, según la sentencia, existe un documento interno del Cuerpo que acredita el incumplimiento de las normas sobre objetos perdidos en los filtros de seguridad aeropuertarios.

En este sentido, el fallo de la sala de lo militar destaca que el agente tenía que haber seguido el protocolo para estos supuestos, que ordena la entrega de los objetos extraviados dentro de los controles de pasajeros en el servicio de información de Aena, el ente estatal que gestiona los aeropuertos españoles.