La Audiencia ha condenado a un médico de una clínica de Palma por una mala práxis. Durante una intervención para quitarle a una paciente unos bultos que tenía en el cuello, que no eran cancerígenos, le seccionó el nervio espinal provocándole graves secuelas que todavía hoy padece. La perjudicada, representada por el abogado Jaime Grimalt, recibirá una indemnización de 71.000 euros, según han determinado los magistrados de la Audiencia.

La negligencia médica data del año 2004. A la mujer le aparecieron unos bultos en el cuello y acudió a una clínica de Palma, donde precisamente trabajaba su hija, para que le dijeran de qué se trataba. Le realizaron varias pruebas y análisis, y la conclusión fue que no se trataba de un cáncer.

El cirujano que la atendió le propuso realizarle una biopsia ganglionar. Pero la intervención, realizada con anestesia local, no se limitó a recoger unos restos de los ganglios para analizarlos. El médico, sin informar de los riesgos de la operación, decidió quitarle los bultos. Durante la operación la paciente sufrió varios movimientos espasmódicos del brazo, que llegó a levantar hasta en tres ocasiones. Debido a ello, el cirujano le seccionó el nervio espinal, una situación ya irreversible.

Este grave error médico se ha traducido también en graves secuelas que sufrirá ya de por vida. Además de un dolor intenso, que le obliga a tomar siempre fármacos, no tiene los hombros nivelados. No puede hacer fuerza y apenas puede levantar objetos con peso. Ello le limita la realización de trabajos propios del hogar. Trabajaba como ayudante de cocina y tampoco puede ejercer esta profesión.

El médico alegó que era necesario extirpar estos bultos del cuello porque la mujer había tenido antecedentes de cáncer de mama. Y mantuvo que una lesión en el nervio era uno de los riesgos de la intervención. La Audiencia ha tenido que rectificar la sentencia dictada en primera instancia. La juez condeno únicamente al médico por no informar a la paciente de la operación, pero descartó la mala práxis. Por ello, limitó la indemnización que se reclamaba.

Sin embargo, el tribunal considera, basándose en los informes de los peritos, que la actuación del cirujano fue negligente. No era necesario esta operación porque no era cierto que la mujer tuviera antecedentes cancerígenos. De hecho, en un informe radiológico del pecho se señalaba la existencia de unas manchas, pero que en ningún caso era necesario una intervención urgente, como señala la sentencia.