Es habitual que en una discusión entre dos persona surjan insultos por ambas partes y que alguno de los contendientes, si la disputa sube de tono, califique a su oponente de "hijo de puta". Es decir, no se refiere directamente a él, sino que califica a la madre, por lo que puede sentirse injuriado. Por ello, son numerosas las condenas por injurias que se han dictado en los tribunales por utilizar esta expresión en una discusión. Sin embargo, con el tiempo la expresión ha evolucionado perdiendo su sentido literal y, según señala ahora una sentencia dictada por una juez de Palma, a su juicio la expresión "hijo de puta" ya no puede considerarse como una injuria, sino como una grosería o expresión de mal gusto.

Esta magistrada se pronuncia sobre un conflicto laboral, que motivó que dos compañeros de trabajo se cruzaran una serie de insultos. Uno de ellos utilizó esta expresión contra su oponente, que se consideró injuriado y presentó una denuncia. El incidente, además, lo grabó en su teléfono móvil, de tal forma que se convirtió en una prueba. El autor de la frase fue condenado por una falta de injurias, con la correspondiente sanción económica. Así lo consideró el primer juez de instancia.

Sin embargo, la Audiencia realiza una interpretación completamente distinta. La magistrada entiende que la expresión "hijo de puta" es más grave en su pura terminología, que en los términos que hoy se utilizan. Así, la sentencia resalta que la injuria, tanto si es delito como falta, exige que se manifieste "una expresión o se ejecute una acción en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona". Es decir, que con este insulto se ataque el honor de la persona a la que va dirigida esta frase.

La magistrada mantiene que con el tiempo algunas palabras van cambiando de sentido y por ello actualmente no se tienen por "afrontosos términos que en otras épocas se consideraban improperios". Es decir, son agresiones verbales que con el paso del tiempo han ido perdiendo fuerza. Un ejemplo claro de la pérdida de significado es sin duda la frase "hijo de puta", porque la juez entiende que quien la pronuncia no tiene ninguna intención de dar a entender absolutamente nada "sobre la madre de quien las soporta". La magistrada interpreta que esta frase no es injuriosa, es una expresión propia de la mala educación, una "grosería que responde a la falta de principios que se va adueñando paulatinamente de la sociedad en que vivimos".

Factores a valorar

En este sentido, la sentencia recuerda una vez más que tanto en el delito como en la falta de injurias se han de valorar los factores subjetivos y circunstanciales del incidente en el que se han utilizado estas expresiones que, en ocasiones, se han considerado frases injuriosas. Insiste la magistrada que es preciso examinar con atención tanto el significado gramatical de las palabras, "como el ánimo o intención de quien las pronuncias y las circunstancias de ocasión, tiempo y lugar en que son dichas". Y otro factor importante a tener en cuenta, a juicio de esta juez, es una valoración del grado de cultura y el medio de las personas que utilizan estas expresiones.

Examinando todas estas circunstancias insiste la sentencia que el juez debe distinguir cuando el deseo de quien utiliza esta expresión es pretender atacar el honor o el prestigio de quien dirige el insulto, "menospreciándola y perjudicando su buena fama y reputación", o simplemente el autor lo que hace es mostrar y exteriorizar "una situación de enfado o disgusto ante unas determinadas circunstancias". No tiene duda la Audiencia de que este caso es más una expresión de enfado, con toda seguridad incorrecta y socialmente reprobable, pero en ningún caso sancionable por el código penal. La juez recuerda el principio de intervención mínima del derecho penal y por ello absuelve al autor de esta frase.