La Abogacía del Estado, que representa a Hacienda, defiende a ultranza la inocencia de la infanta Cristina frente a las acusaciones que le imputa el juez del caso Nóos. “No se es delincuente fiscal por el hecho de ser cónyuge de un delincuente fiscal”, argumenta la jefa de la Abogacía del Estado en Balears, Dolors Ripoll, en sus alegaciones ante la Audiencia, que ayer recibió los 14 recursos del caso Nóos para determinar quiénes se sentarán en el banquillo por este caso.

La Abogacía del Estado no ha incluido ni a doña Cristina ni a Ana María Tejeiro, la esposa de Diego Torres, exnúmero dos de Nóos, entre los imputados. Esta parte, que representa a Hacienda, tampoco ha recurrido el auto del juez Castro donde se mantenía la imputación de la duquesa de Palma y de Ana María Tejeiro por delitos fiscales y blanqueo de capitales, en el caso de la primera, y por otros muchos más delitos en la segunda.

Hacienda sí que ha aprovechado el trámite de las alegaciones sobre el resto de recursos para explicar a la Audiencia su postura respecto a la hermana del rey Felipe VI. Para esta parte, los únicos culpables de delitos fiscales son Iñaki Urdangarin y Diego Torres, mientras que sus esposas, y socias, respectivamente, de ambos en algunas consultoras son inocentes.

La Abogacía del Estado rebate en su escrito los argumentos inculpatorios esgrimidos por el juez Castro, que atribuye a Cristina de Borbón pasividad a la hora de poner coto a los fraudes fiscales de su marido en Aizoon, donde ella posee el 50% de las acciones e Iñaki Urdangarin la otra mitad, al tiempo que ejerce como administrador.

“La condición de socio (de doña Cristina) no convierte -por sí sola- al socio en responsable de los delitos cometidos por el administrador de la entidad (Iñaki Urdangarin) y, desde luego, mucho menos le puede convertir en partícipe de los delitos que ese administrador haya cometido en su esfera privada, como es su propia declaración de IRPF”, argumenta Ripoll.

Declaraciones separadas

Hacienda recuerda que los duques de Palma presentaron declaraciones de la renta separadas y contaban con asesores fiscales diferentes. También destaca que la duquesa de Palma no ha sido investigada en vía administrativa y en la causa penal los inspectores tributarios adscritos al caso Nóos “no se han pronunciado en ningún momento acerca de la actuación de Cristina de Borbón”.

El hecho de que doña Cristina haya firmado las actas de las juntas generales de Aizoon tampoco es un indicio de su cooperación necesaria en los delitos fiscales de su marido, opina el escrito.

Castro también atribuye a la duquesa de Palma el haber cargado decenas de miles de euros de gastos privados (viajes, restaurantes, ropa, reforma de su mansión de Pedralbes, etc) a su empresa Aizoon, pero la Abogacía del Estado no ve delictiva esa conducta.

“El hecho de que un socio cargue determinados gastos a una sociedad no constituye por sí mismo un supuesto de participación en un delito contra la Hacienda Pública”, razona Ripoll. La abogada del Estado jefe añade que la posible irregularidad vendría después si la sociedad se deduce esos gastos ajenos a la empresa en su declaración del impuesto de sociedades.

“Por eso el reproche fiscal o penal ni puede hacerse al socio que carga sus gastos personales a la sociedad sino a quien, contable y fiscalmente, los trata de hacer pasar por gastos de la actividad social y los deduce en la declaración del impuesto de sociedades”, apostillan las alegaciones.

Otra prueba en contra de doña Cristina es que ella y su esposo tuvieron alquilado a Aizoon parte de su casa de Pedralbes como sede de la empresa. Hacienda no ve delito tampoco en este hecho, porque la hija rey Juan Carlos I declaró esas rentas en el IRPF.

La Abogacía del Estado argumenta también que para cometer un delito contra la Hacienda Pública se “exige una participación activa, consciente y dolosa sin que (como en el caso de la Infanta) quepa la condena por la simple actuación pasiva consistente en ser titular de acciones sin poder de decisión, ser cónyuge o estar nombrada como vocal de una junta sin constar la participación en la toma de decisiones”.

Ripoll concluye afirmando que no existen pruebas de la implicación de la Infanta y Ana Tejeiro en los delitos fiscales atribuidos a sus respectivos esposos.

Por otro lado, el juez José Castro ordenó ayer el traslado a la sección segunda de la Audiencia de los 14 recursos de las partes contra su auto del pasado junio donde determinó qué imputados se sentarán en el banquillo de los acusados.

Los recursos presentados son los siguientes: Diego Torres y Ana María Tejeiro; Jaume Matas; grupo municipal socialista de Valencia; fiscalía anticorrupción; Infanta; Luis Vela; Iñaki Urdangarín; Manos Limpias; Mercedes Coghen; Elisa Maldonado; Marco A Tejeiro; Miguel Tejeiro; Luis Lobón y Miguel Aguilar.

El futuro de la Infanta queda así en manos de los jueces Diego Gómez Reino, Juan Jiménez y Mónica de la Serna.