­José Ramón Bauzá no incurre en ninguna ilegalidad al compaginar su cargo público de president del Govern con la propiedad de una farmacia en Marratxí. La Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears se inclina a favor de Bauzá y en contra de los grupos políticos de la oposición , PSIB y Més, que acudieron a los juzgados para denunciar la incompatibilidad del president con su actividad privada. Y aunque se ha desestimado la demanda, la decisión ha supuesto una clara discrepancia entre los jueces que se han pronunciado sobre este asunto. Pocas veces dos de los cinco magistrados muestran una opinión tan distinta con sus compañeros y en este caso han expresado su discrepancia en dos votos particulares que se adjuntan a la sentencia. Sin embargo, en el tribunal se ha impuesto la mayoría y ha primado la decisión de los tres jueces que sí aprueban la compatibilidad de Bauzá con su actividad privada. Justifican que continúe dirigiendo el Govern porque en el momento que accedió al cargo público cedió la gestión de su botica a un sustituto, que es quien dirige la actividad diaria de la farmacia de Marratxí. Los tres jueces que apuestan por la compatibilidad de ambas actividades son Fernando Socías, que actúa de ponente, Carmen Frigola y Alicia Ortuño. No coinciden con el criterio mayoritario el presidente de la Sala, Gabriel Fiol y el juez Pablo Delfont, que entienden que con la aplicación de la ley de incompatibilidades Bauzá no puede seguir ejerciendo este cargo público mientras sea propietario de un negocio privado. Sin embargo, ambas opiniones no afectan a la decisión definitiva de esta polémica cuestión.

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Los cinco jueces han discrepado tanto en el fondo como en la forma de esta demanda. Aunque las dos magistradas (Ortuño y Frigola) coinciden en la compatibilidad de ambas actividades de Bauzá, la pública y la privada, entienden que la demanda ni siquiera debió ser admitida, porque cuestionan que los políticos de la oposición estuvieran legitimados para plantear este debate ante los tribunales. Y cuestionan también que los demandantes pudieran solicitar la inhabilitación del president, que en este caso también se ha rechazado. Esta legitimación ya fue cuestionada por la abogacía de la comunidad y por el propio Bauzá durante la tramitación de la demanda, pero fue rechazada por el tribunal en una decisión que tampoco fue unánime. Curiosamente, sobre esta cuestión de forma coinciden el ponente Fernando Socías con sus dos compañeros, Fiol y Delfont, que entienden que los políticos de la oposición sí podían plantear esta demanda y cuestionar ante los tribunales la compatibilidad del president.

Sobre el fondo de la cuestión que se debatía, la sentencia detalla hasta cinco razones por las que se justifica la compatibilidad de Bauzá con su actividad privada. La opinión mayoritaria del tribunal defiende que en el momento en que Bauzá nombró a un sustituto, como titular del negocio privado, “abandonó el ejercicio efectivo de la actividad profesional farmacéutica”. Es este sustituto, que en definitiva es su empleado, quien a efectos prácticos asume la gestión de la botica; Bauzá no se implica en el día a día de su negocio. Dicen los jueces que no es ilegal que el dueño de un negocio, aunque haya cedido la gestión, pueda después beneficiarse del rendimiento de este patrimonio. “La ley balear de incompatibilidades lo que prohíbe al alto cargo es el desempeño de una segunda actividad en el sector público y privado”. Y señala la sentencia que Bauzá “se limita a ser titular de un patrimonio económico que, obviamente, le genera beneficios, pero sin que dicha propiedad sea causa de incompatibilidad con el cargo público, precisamente porque deja de ejercitar la actividad profesional”. En este sentido, se mantiene que el president se limita a ser el titular del patrimonio (la farmacia), pero que en este caso ni siquiera lo administra, lo hace su sustituto, razón por la que los jueces no observan ningún problema legal en que continúe ejerciendo de president, al tiempo que mantiene la propiedad de la botica.

En cambio, los otros dos jueces discrepantes creen todo lo contrario y consideran que con Bauzá se debería aplicar el mismo criterio que con la exconsellera Aina Salom. Es decir, que no se puede tener una farmacia y ocupar un cargo público.

CRITERIOLa política solo para los profesionales

Los tres jueces que defienden la compatibilidad, cuestionan la interpretación que realizan los partidos de la oposición sobre esta polémica cuestión. No creen que un político comprometa su imparcialidad por mantener al mismo tiempo la titularidad de un patrimonio personal, porque en algún momento, en este caso el president, toma una decisión que afecta a su sector profesional. Para los magistrados, si se aplicara el criterio de la oposición, “ningún profesional podría acceder a ser miembro de un gobierno porque siempre se adoptarán decisiones colegiadas que afectan a su profesión”. Y si fuera así, “resultaría que sólo los ciudadanos con nulo pasado profesional podrían acceder a un cargo público: únicamente accederían los profesionales de la política”. El tribunal defiende que la interpretación de la ley ha de “permitir el acceso a la vida pública a profesionales con actividad privada porque ello redunda en beneficio de la sociedad”.