El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reconocido el derecho de los guardias civiles destinados en las islas Baleares a disponer de un viaje anual de ida y vuelta a la península por cuenta del Estado con motivo de las vacaciones.

En una sentencia, la sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estima el recurso de un agente contra una resolución de la dirección general del Instituto Armado que rechazó la solicitud de autorización de viaje a la península.

El Tribunal considera que no se ha producido "ni una derogación tácita ni expresa" de la Orden de Presidencia de 17 de enero de 1974, que recoge el "derecho de los guardia civiles a ser pasaportados a la península una vez al año por motivo vacacional".

Así, declara el derecho del recurrente a disponer de un viaje anual por cuenta del Estado en tanto en cuanto la orden "esté vigente y le sea objetiva y subjetivamente de aplicación".

La resolución de la dirección general afirmaba que la orden se encontraba tácitamente derogada debido "al aumento y mejora de las infraestructuras de las que se ha dotado a los archipiélagos" y que permiten la comunicación y traslado "en similares condiciones de los agentes a las del resto de ciudades de la geografía española", según ha informado la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC).