La vehemencia le jugó esta semana una mala pasada al conseller de Turismo, Carlos Delgado, quien en rueda de prensa incurrió en nuevas contradicciones. El ´caso Rocamar´ -el pago de 680.000 euros de más por el viejo hostal de Sóller- se pone más feo cuanto más quieren explicarlo.

De presidente a "uno más"

"Es mentira que yo le pase la patata caliente a los miembros de la junta rectora [del Consorcio Bolsa de Alojamientos]. Yo soy un miembro más de la Junta del Consorcio", dijo. Las actas en poder de este diario corroboran que Delgado es el presidente del citado Consorcio, y no un "miembro más". La junta rectora, integrada también por las patronales, los sindicatos y Sa Nostra, decide a qué se dedica el dinero de la legalización de plazas hoteleras, por ejemplo el Rocamar. Al quitarse las responsabilidades de encima, mete en un lío a los miembros de esta Junta si el caso llega a los tribunales.

Desde cuándo no vale Nebreda

"La tasación de Nebreda no es la que se tiene que aplicar. La que se tiene que aplicar es la que de común acuerdo por todos los técnicos de Turismo se tiene que aplicar (sic)", manifestó el conseller.

Los técnicos en los que se refugia Delgado dicen que la única tasación válida de la finca es la del arquitecto forense Pere González Nebreda (ver textos reproducidos). Sin embargo, esos mismos funcionarios han manipulado la conclusión inequívoca del perito. El valor del hostal Rocamar en las "condiciones" en las que se encuentra la finca es de 284.631 euros "si se adquiere de muto acuerdo", dice Nebreda. ¿Quién induce a los técnicos a tergiversar las palabras del experto? ¿Por qué introducen la coletilla "ruina legal" para justificar el pago de 971.671 euros?

A vueltas con la "ruina legal"

"Los técnicos han dicho que como no hay declaración de ruina legal ,es un precio. Y eso es lo que se ha hecho", dijo.

Es el único asidero de Carlos Delgado, pero está roto. Desde 2011 (aunque antes también se hacía), una tasación debe tener en cuenta el estado de lo que hay encima del suelo. En este caso, se eleva un inmueble en "ruina inminente" y, por tanto, hay que descontar el gasto del derribo (687.040 euros), como así hizo Nebreda. Da igual que se haya iniciado o no un proceso administrativo de ruina. Lo dice el reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo (octubre 2011) y un jurista como Delgado lo debe saber. También los técnicos de la Conselleria.