Funcionariado

El Govern explica cómo cumplir la ampliación de jornada

La Conselleria de Administraciones Públicas ha publicado hoy una aclaración a los funcionarios con flexibilidad horaria o reducción de jornada

 19:03  

DIARIODEMALLORCA.ES/EFE. PALMA La Conselleria de Administraciones Públicas ha publicado hoy una aclaración a los funcionarios con flexibilidad horaria o reducción de jornada sobre cómo deben cumplirla, a raíz de la ampliación de las 37,5 horas semanales aprobada por el Gobierno central.

De esta manera, señala el comunicado que "en el caso de reducción voluntaria de jornada, se disfrutará en la parte flexible del horario, no en la fija (de 9.00 a 14.00h), y no se podrá acumular en jornadas completas hasta que se establezca reglamentariamente".

En el supuesto de reducción de jornada por conciliación de la vida familiar y laboral, se considera horario de trabajo la franja de las 8.00 a las 15.30h. Esta reducción de jornada puede incidir en la parte fija del horario, añade.

En cuanto a la flexibilidad horaria adicional en el caso de conciliación de la vida familiar y laboral, se prevé que se pueda acordar que la hora de entrada más tardía se produzca a las 9.30 horas.

"No se podrán autorizar flexibilidades horarias que supongan la entrada antes de las 7.30h, ni la salida después de las 18.00 horas los martes y miércoles, o de las 16.30h el resto de días", indica.

Así, quedan fijados los criterios de cumplimiento del horario en los supuestos de flexibilización horaria y de reducción de jornada, a raíz de las modificaciones introducidas por el Decreto ley 5/2012 y el Real Decreto-ley 20/2012.

Este supuesto hace referencia a funcionarios y personal laboral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares que tienen permisos y horarios diversos, ya sea por lactancia, para cuidar de un familiar, por ser víctima de violencia machista o para disfrutar de una reducción voluntaria de la jornada.

El Decreto ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas establece una jornada de 37,5 horas semanales de media, con una franja horaria fija comprendida entre las 9.00 y las 14.00h, y una de flexible de entrada entre las 7.30 y las 9.00 horas; mientras que la de salida se establece entre las 14.00 y las 18.00h los martes y miércoles, y entre las 14.00 y las 16.30h el resto de los días.

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